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Por medio de una notificación el Consejo Nacional Electoral (CNE), apuntó que todos aquellos empleados públicos en ejercicio, que sean candidatos para las próximas votaciones a la Asamblea Nacional, y que no elijan la ratificación, podrán distanciarse transitoriamente de sus funciones, incluso el día antes de que comience la campaña electoral el 13 de noviembre, “siempre y cuando no estén dentro de lo previsto en el artículo 189 de la Constitución”.

 

En la misiva, destaca que “de acuerdo con los artículos 57 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) y 128 del Reglamento General de esta ley, la separación temporal del cargo deberá estar vigente desde el día que inicie la campaña hasta el día de la elección”.

 

Del mismo modo se agrega que, en la situación de los ciudadanos que se hallen en las circunstancias anunciadas en el artículo 189 de la Carta Magna, “la separación del cargo deberá hacerse tres meses antes de la elección”.

 

En esta línea, señala el texto, “quienes estén optando por la reelección no tendrán que separarse del cargo, de acuerdo con el mismo artículo 57 de la Lopre”.

 

Por último, si por cierto motivo el aspirante reanuda sus funciones durante en cualquier instante de la campaña electoral, “la postulación se tendrá como no presentada”.

 

(LaIguana.TV)