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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictaminó el pasado viernes que son constitucionales los decretos 2.095, 2.096, 2.097 y 2.098 que autorizan la ampliación del Estado de Excepción decretado en diez municipios fronterizos del país.

 

Concretamente se trata de los municipios Catatumbo, Jesús María Semprún, Colón, Machiques de Perijá, Rosario de Perijá, Jesús Enrique Lossada y La Cañada de Urdaneta, del estado Zulia; y Páez, Rómulo Gallegos y Pedro Camejo, de Apure, en donde el TSJ dictaminó que es lícito extender la medida por 60 días más.

 

Según los magistrados encargados de la decisión, la extensión de la medida “atiende de forma prioritaria aspectos de seguridad ciudadana, económicos y de defensa integral del territorio, por lo que resulta proporcional y pertinente para que el Estado continúe ejecutando las medidas necesarias que garanticen los derechos constitucionales de los venezolanos a acceso a bienes y servicios de calidad, a la salud, a la vida y para fortalecer una sociedad justa y amante de la paz”.

 

En contexto

 

El presidente de la República, Nicolás Maduro, decretó el pasado 19 de agosto el cierre de la frontera que limita con Colombia por el estado Táchira, posteriormente se extendió la medida hacia los estados Apure y Zulia, ya que todas esas zonas fronterizas son afectadas por el contrabando, la extracción de alimentos y la violencia de grupos del paramilitarismo. 

 

(LaIguana.TV)