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Tras la victoria que conquistó la oposición en los comicios parlamentarios del pasado 6 de diciembre, alcanzando 112 escaños de 167 posibles, el panorama que se vislumbra en el horizonte pareciera avisar una confrontación con el chavismo. No obstante, la Constitución incluye la posibilidad de disolución de ese cuerpo legislativo.

 

Y es que tal y como lo contempla la Carta Magna, el Presidente Nicolás Maduro posee las facultades necesarias para ordenar tal disolución. Esta sería una vía de solución a una posible confrontación abierta entre el poder legislativo en manos de la derecha, tratando de sabotear y desestabilizar la gestión de gobierno, y el poder ejecutivo, con el Presidente Obrero a la cabeza.

 

En varios lugares del articulado -236, 240, 350- se especifican casos en los que el Presidente tiene la facultad de disolver la AN. Esto se debe a que si bien este es un espacio de creación de leyes y de control sobre los demás poderes, puede darse el caso que haya una disposición clara a tratar de desestabilizar al poder ejecutivo, por lo que la Constitución incluye mecanismos de salida de escenarios semejantes.

 

En general, el espíritu de la Constitución busca darle la mayor protección posible al pueblo, por lo que los casos de disolución de la Asamblea contemplan atropellos contra el Poder Popular, trabajadores y autoridades legítimamente constituidas. Si la AN destituyera tres veces al vicepresidente ejecutivo, si derogara o aprobara leyes que van en contra del pueblo o incluso si actuara por fuera de la Constitución estaría avanzando en el camino a su eliminación.

 

(LaIguana.TV)