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Por medio de un comunicado los representantes del Foro Penal Venezolano (FPV), Alfredo Romero y Gonzalo Himiob Santomé, desde el portal digital de la ONG colocaron a disposición del país y de los venezolanos el Proyecto de Decreto Legislativo de Amnistía que tiene como principal objetivo liberar a los detenidos e imputados tras los hechos vandálicos y terroristas impulsados por Leopoldo López bajo el nombre «La Salida», durante los pasados meses de febrero y marzo del año 2014.

 

En la página web de la organización Romero señaló: «Tras recibir las opiniones de un importante grupo de especialistas, se llegó a la conclusión de que siendo un Decreto Legislativo y no un Proyecto de Ley, la Asamblea Nacional puede dictarlo en forma inmediata, sin siquiera requerir la aprobación o promulgación por parte del Presidente de la República». Es decir, la primera medida que pretende impulsar la derecha opositora no es atacar la guerra económica, trabajar en el abastecimiento y que la gente no tenga que hacer colas, como lo prometieron, sino liberar a gente que está imputada por la muerte de 43 venezolanos por acciones irresponsables como trancar calles obstaculizando el paso de hasta ambulancias, colocar guayas que degollaron motorizados, entre otras acciones.

 

El argumento legal que defiende este foro, batión de la derecha es: «La Constitución, en su artículo 187, numeral 5, es bien clara en cuanto a que la amnistía puede ser por decreto legislativo, no solo por ley”.

 

Gonzalo Himiob dijo que el presente planteamiento fue debatido y obtuvo contribuciones significativas de catedráticos y especialistas de Venezuela entre los cuales figuran: Alonso Medina Roa, Tamara Sujú, Román Duque Corredor, Allan Brewer Carías, Antonio Márquez Morales, Alberto Arteaga Sánchez, Carlos Simón Bello, Fernando Fernández, Francisco Paz, Ricardo Colmenares, Sergio Brown, Jorge Rossell, Héctor Cardoze, Gustavo Urdaneta, Gustavo Manzo, Luis Betancourt, José Armando Sosa, Angel Jurado, Juan Carlos Gutierrez y Armando Rodríguez, entre otros.

 

A continuación traemos algunos puntos para conocer a fondo este tema:

 

1. ¿Qué es la Ley de Amnistía?

La amnistía consiste en la eliminación de la responsabilidad penal de un delito, dejando de considerarlo como tal además de borrar los antecedentes de los beneficiarios de la providencia. La acción jurídica suele ser desarrollada por el Poder Legislativo y afecta a diversas personas que, anteriormente, habían sido consideradas culpables de una violación de la ley. Por eso es frecuente que ocurra luego de cambios políticos o sociales.

 

2. ¿De cuántos detenidos y procesos se trata?

 

Suman para el momento 78 personas; sin embargo, de acuerdo el Foro Penal Venezolano en total se trata de 1980 procesos abiertos a ciudadanos venezolanos por participar en las guarimbas de los meses de febrero y marzo de 2014.

 

3. Recientes decretos de amnistía en Venezuela:

 

El decreto de Amnistía más reciente se registra en la Gaceta Oficial No. 36.934 del 17 de abril de 2000, bajo el gobierno del presidente Hugo Chávez. En el que se presenta la Ley de Amnistía Política general, según su artículo primero, y favorecía a todos aquellas personas que, hasta el 31 de diciembre de 1.992 «…enfrentadas al orden general establecido, hayan sido procesadas, condenadas o perseguidas por cometer, con motivaciones políticas, delitos políticos, o conexos con delitos políticos».

 

También se aplicó un decreto de amnistía el 31 de diciembre de 2007 (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 5870, Ext.). Ambos decretos de amnistía, se cumplieron bajo mandato de Hugo Chávez.

 

En 2011, el periodista Leocenis García y director de Sexto Poder y los abogados del Foro Penal Gonzalo Himiob, Alfredo Romero, Felix Velázquez, Jackeline Sandoval, Tamara Suju y Elenis Rodríguez presentaron al entonces presidente Chávez un proyecto llamado «Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional» que contenía nueve artículos y a grandes rasgos pedía la amnistía para todos los presos y personas con causas abiertas por hechos relacionados con disidencia política, desde el año 1999.

 

4. Lo que dijo el presidente Nicolás Maduro

 

“Los asesinos de un pueblo no serán liberados… No aceptaré ninguna ley de amnistía. Y así lo digo y así me planto”, fueron las declaraciones del Presidente de la República -quien goza actualmente de poderes habilitantes- el pasado miércoles 9 de diciembre.

 

5. ¿Qué pasa si el presidente Maduro no aprueba la Ley?

La Asamblea Nacional puede sancionar la ley sin aprobación del Presidente de la República, pero éste puede acudir al Tribunal Supremo de Justicia.

 

De acuerdo al abogado constitucionalista, Pedro Alfonzo Del Pino, según publica el portal «Diario de Los Andes» la fuerza opositora de la nueva Asamblea Nacional, con la mayoría calificada -las tres quintas partes-, puede dictar leyes y derogarlas, así el presidente se niegue a dar el ejecútese.

 

“La ley ya sancionada pasa al presidente de la República, una vez que la recibe tiene 10 días para promulgarla. Le puede hacer observaciones y devolverla para sus correcciones. La AN recibe las observaciones con una exposición de motivos, y si quieren las corrigen o pueden dejarlas igual, porque es absolutamente autónoma para decidir, y pasarían a promulgarla”, explicó del Pino.

 

Del Pino alertó que si el presidente de la República puede, no está de acuerdo, puede decir que es anticonstitucional y enviarla a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, donde se emitirá la última palabra.

 

(LaIguana.TV)