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Recientemente el ministro para el Comercio Exterior e Inversión Extranjera, Jesús Faría, anunció que en los próximos días el presidente de la República, Nicolás Maduro, expondrá ante la Asamblea Nacional (AN) el conjunto de medidas económicas que contendrá el muy citado Decreto de Emergencia Nacional. A través de esta normativa, de acuerdo al también exdiputado, se establecerán una serie de cambios, impuestos por la difícil situación en materia de inflación y de desabastecimiento que hoy vive el país.

 

La crisis que hoy atraviesa Venezuela, vale la pena recordar, se ha agudizado en los últimos meses debido al abrupto desplome de los precios de la renta petrolera. Para Faría, y eso es bien conocido por todos, el procesamiento y la comercialización del crudo constituye la médula de la economía de nuestra nación.

 

A continuación, a manera de claves, algunas de las medidas que podría anunciar el jefe de Estado venezolano, cuando presente el Decreto de Emergencia Nacional ante el Parlamento:

1- Posible aumento en el precio de la gasolina

 

El diputado por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Francisco Torrealba, en entrevista concedida al canal privado Globovision, señaló que en el seno del Poder Legislativo se debatirá un plan en el que se prevé la revisión de los precios del combustible. El presidente Maduro, en varias oportunidades, ha manifestado la necesidad de que estas tarifas sean aumentadas, pues dichos subsidios constituyen un gasto muy elevado para el país.

2- Tasa oficial del dólar podría pasar de 6,30 Bs a 40 o 50 Bs

 

De acuerdo al diputado a la AN por la autodenominada Mesa de la Unidad Democrática (MUD), José Guerra, la tasa oficial de 6,30 podría ubicarse entre 40 y 50 bolívares por dólar. Esta presunta devaluación, explicó el parlamentario, podría generar el aumento de precio de los alimentos subsidiados a esta tasa. ¿Mera especulación?

3- Ajustes en la hacienda pública nacional

 

Ya el primer mandatario firmó el pasado 30 de diciembre de 2015, vía Ley Habilitante, una reforma parcial de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (Islr), dirigida a los contribuyentes especiales del gran capital de Venezuela. Mediante esta normativa, se aumentó la alícuota máxima a los sectores del gran capital de 34% a 40%, para garantizar ingresos superiores y mantener la inversión.

4- Cambios en los cupos en dólares

 

Según el ministro Faría, se tiene previsto anunciar cambios en el otorgamiento de cupos en dólares viajeros y electrónicos. La intención es superar el desabastecimiento y revertir el efecto de la disminución del ingreso petrolero.

El proyecto de Decreto de Emergencia Nacional, cabe destacar, será llevado a la AN por el ministro para la Economía Productiva, Luis Salas. Según el artículo 338 de nuestra Constitución, este plan no podrá extenderse por más de 120 días.

 

«Podrá decretarse el estado de emergencia económica cuando se susciten circunstancias económicas extraordinarias que afecten gravemente la vida económica de la nación. Su duración será de hasta 60 días, prorrogable por un plazo igual», establece el referido artículo.

 

(LaIguana.TV)