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El diputado perteneciente al partido de extrema derecha Primero Justicia (PJ), Juan Miguel Matheus, elaboró un informe con quince preguntas sobre la Ley de Amnistía y “Reconciliación Nacional”, cuyo proyecto de Ley prevé medida de gracia a más de 20 hechos punibles y que fue aprobado en primera discusión este martes por las fracciones de oposición que hoy son mayoría en la Asamblea Nacional (AN).

 

A continuación puede leer el informe íntegro:

 

1. ¿Qué es una amnistía?

 

La amnistía es un acto parlamentario de efectos generales emanado del Parlamento, a través del cual se concede el perdón a hechos tipificados como delitos comunes. Es un acto que posee contenido esencialmente político y por ello es competencia exclusiva y excluyente de la Asamblea Nacional en cuanto órgano que ejerce la representación popular (artículo 187.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).

 

2. ¿En qué se diferencian la amnistía del indulto y otras medidas de gracia?

 

La amnistía es un acto parlamentario dirigido a perdonar de manera general hechos delictivos, así como a extinguir la responsabilidad penal derivada de los mismos (artículo 104 del Código Penal). El indulto, por su parte, es un beneficio de gracia concedido por el Presidente de la República (artículo 236.19 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), a través del cual se concede de manera particular el perdón de la pena que cumple o debe cumplir una persona que ha cometido delito.

 

3. En Venezuela, ¿se han dictado amnistías u otras medidas de gracia en el pasado reciente?

 

Sí. El 26 de marzo de 1994 el Teniente Coronel Hugo Chávez Frías, quien cumplía condena de prisión de acuerdo a las leyes militares entonces vigentes por la intentona golpista del 4 de febrero de 1992, fue beneficiado con un sobreseimiento judicial. El 17 de abril de 2000, bajo la presidencia de Hugo Chávez Frías, la Asamblea Nacional dictó la Ley de Amnistía General, cuyos beneficiados fueron personas involucradas en las intentonas golpistas de 1992. Y el 2 de enero de 2007 Hugo Chávez dictó el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Especial de Amnistía, cuyo objeto era amnistiar a personas condenadas e imputadas con los hechos de abril de 2002.

 

4. ¿Por qué se considera que la amnistía es un acto para la reconciliación nacional?

 

La amnistía supone el perdón de delitos, penas y responsabilidad penal. En el caso de los presos políticos y perseguidos venezolanos no se trata exactamente de un perdón, pues no son culpables de ningún hecho tipificado penalmente, sino de una injusticia que se padece por pensar distinto. El perdón, en este caso, es otorgado por las víctimas de la injusticia penal a los victimarios del oficialismo.

 

5. ¿Qué tipo de delitos pueden ser amnistiados y cuáles quedan excluidos de la amnistía?

 

De acuerdo al artículo 29 de la Constitución, la amnistía encuentra como límites materiales los delitos de lesa humanidad, la violación de los derechos humanos y los crímenes de guerra.

 

6. ¿Cuáles son las formas jurídicas concretas a través de las cuales se puede adoptar la amnistía?

 

La amnistía es una competencia de la Asamblea Nacional en cuanto órgano del Poder Legislativo Nacional y puede materializarse de dos maneras: (i) por medio de un decreto o acuerdo parlamentario sin forma de ley que sea aprobado por la mayoría simple de los diputados; o (ii) por medio de una ley formal de acuerdo a lo establecido en el artículo 202 de la Constitución.

 

7. ¿Por qué Primero Justicia sostiene que la amnistía debe adoptarse a través de una ley formal llamada LEY DE AMNISTÍA Y RECONCILIACIÓN NACIONAL?

 

En Primero Justicia hemos propuesto que la amnistía sea adoptada a través de un acto legislativo formal denominado Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional. Y ello por las siguientes razones: (i) reforzar su carácter general, (ii) potenciar su obligatoriedad para todos los órganos del Poder Público, (iii) darle el resello de la voluntad popular expresada a través del acto parlamentario por excelencia, que es la ley formal, (iv) someter el anteproyecto de ley de amnistía a los mecanismos de participación ciudadana establecidos en el procedimiento legislativo y, finalmente, (v) aglutinar mayores consensos en torno a la reconciliación nacional.

 

8. ¿Qué categorías de personas pueden ser beneficiadas con la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional?

 

Todas aquellas personas imputadas, procesadas y condenadas por hechos considerados delitos y que han sido perseguidos políticamente desde el 1 de enero de 1999 (artículo 2 del anteproyecto de ley de amnistía y reconciliación nacional).

 

9. ¿Qué categorías de hechos pueden ser amnistiados con la ley de amnistía y reconciliación nacional?

 

Todos los delitos comunes establecidos taxativamente por la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional que hayan sido tergiversados e imputados por móviles políticos y aplicados a las víctimas de persecución política por la participación de estas en actos realizados de acuerdo a las libertades políticas establecidas en la Constitución.

 

10. ¿Cuál es el procedimiento que debe ser observado para que la Asamblea Nacional apruebe la ley de Amnistía?

 

La Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional debe ser aprobada de acuerdo al procedimiento legislativo establecido en la Constitución y en el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, el cual incluye una primera discusión, las consultas ciudadanas y a los demás órganos del Poder Público, el estudio del anteproyecto en la Comisión Permanente de Política Interior y una segunda discusión artículo por artículo.

 

11. ¿Puede el Presidente de la República vetar la ley de amnistía y reconciliación nacional?

 

No. En el constitucionalismo venezolano no existe el poder de veto presidencial sobre leyes dictadas por la Asamblea Nacional. El Presidente de la República puede solicitar modificaciones al texto de la ley, las cuales no obligan en ningún a la Asamblea Nacional, siendo que esta las puede rechazar a través del voto de la mayoría simple de sus miembros. Si el Presidente de la República se negare a promulgar la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, la misma será promulgada en Gaceta Legislativa por la Junta Directiva de la Asamblea Nacional de acuerdo a lo establecido en el artículo 216 de la Constitución.

 

12. ¿Puede Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declarar la nulidad de la ley de amnistía y reconciliación nacional?

 

No. La Amnistía es un acto privativamente político de la Asamblea Nacional contra cuyo contenido material y sentido de oportunidad no existe ningún recurso judicial.

 

13. Una vez aprobada la ley de amnistía y reconciliación nacional, ¿cuál es el tiempo de vigencia de la misma?

 

La Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional entrará en vigencia desde la fecha de su promulgación, y permanecerá vigente en el ordenamiento jurídico venezolano de manera permanente.

 

14. Una vez aprobada la ley de amnistía y reconciliación nacional, ¿cómo se procede a la liberación efectiva de los presos políticos?

 

De acuerdo al texto de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, en cualesquier caso, bien sea en fase preparatoria, en fase intermedia o en presencia de una sentencia condenatoria firme, el Ministerio Público solicitará el sobreseimiento de la causa dentro de los cincos días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, así como la excarcelación a que hubiere lugar, y el tribunal competente deberá pronunciarse en un lapso no mayor de tres días hábiles a partir de la solicitud del Ministerio Público.

 

15. ¿Los presos políticos amnistiados quedarán inhabilitados políticamente o gozarán plenamente de sus derechos políticos?

 

No. Las personas amnistiadas no quedan inhabilitadas políticamente. Están habilitadas plenamente para ejercer sus derechos políticos de acuerdo a la Constitución. Y por otro lado, la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional establece que los órganos del Estado deben eliminar archivos o registros penales relacionados con las personas amnistiadas.

 

(LaIguana.TV)