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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), confirmó que la inmunidad parlamentaria, representación establecida para asegurar el buen desempeño de la Asamblea Nacional (AN), únicamente es aplicable a los diputados adecuadamente juramentados y en pleno actuación de sus responsabilidades en el período por el que fueron elegidos.

 

En este sentido, el asunto de los diputados suplentes solo empleará la inmunidad cuando suplanten a los principales y se ampliará durante el lapso en que cumplan esta labor, declaró la Sala en un dictamen.

 

Lo anteriormente expuesto, constituye a una respuesta de ente judicial ante una petición de protección que formulaba conseguir la liberación de Renzo Prieto, Rosmit Mantilla y Gilberto Sojo Rengifo, privados de libertad previo a su nombramiento como diputados suplentes de Gaby Arellano, Sergio Vergara y Dinorah Figuera, correspondientemente.

 

(LaIguana.TV)