cuadro-armas.jpg

Confirmado el dictamen derivado del Ministerio de la Defensa que admite que la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb) emplee armas de fuego para el control de protestas públicas, así lo determinó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en la fallo 00840 del 27 de julio.

 

“Lo que está prohibido por el texto constitucional es el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas, no así en aquellas que sean violentas o que se tornen violentas”, explicaron desde el seno del TSJ.

 

La Sala concerniente, agregó que la citada resolución no procura limitar la libertad de expresión, porque todos los ciudadanos mantienen su derecho a pronunciar espontáneamente sus pensamientos y juicios de valores con las restricciones determinadas en la norma legal.

 

No obstante, aseveraron que toda acción corresponde regirse en el respeto de los derechos humanos, el derecho a la vida y a la integridad propia.

 

Entretanto, la parlamentaria y presidente de la Comisión de Política Interior, Delsa Solórzano, refutó el pronunciamiento y tildó al ente judicial de ser un antro de corrupción jurídica, que maniobra como escritorio particular del jefe de Estado, Nicolás Maduro.

 

“EL TSJ es muy diligente para anular las decisiones de la Asamblea Nacional, pero no lo es cuando se trata de los ciudadanos. Hoy a más de año y medio después que fue introducida la medida cautelar y el recurso de nulidad, niegan la cautelar que permite que siga vigente la resolución que consideran una maravilla”, declaró la diputada.

 

Asimismo, la dirigente de la derecha aseguró que evaluará las disposiciones legales con el concejal del municipio Chacao, Manuel Rojas Pérez, y en los venideros días comunicará las gestiones constitucionales que implementarán respecto a este asunto.

 

(LaIguana.TV)