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Este jueves 10 de noviembre la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), público una sentencia mediante la cual declara como inadmisible el amparo que interpusiera recientemente el abogado Alejandro Pérez Graterol, con el fin de que se reanudara la recolección del 20% de las firmas, para activar el Referendo Revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro.

 

«La Sala declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Julio Alejandro Pérez Graterol, por inepta acumulación de peticiones, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil», indica el referido texto.

 

El Consejo Nacional Electoral (CNE), recordemos, en días pasados decidió suspender el proceso de recolección del 20% de las firmas, luego de que tribunales penales de los estados Aragua, Bolívar, Carabobo, Apure y Monagas, ordenaran frenar los efectos de la colecta del 1% de las manifestaciones de voluntad, debido a presuntas irregularidades y falsificaciones de rúbricas, durante la realización del referido procedimiento.

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(LaIguana.TV)