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La consultora jurídica de la Superintendencia de Precios Justo (Sundde), Ana Bracho, explicó que la medida de ocupación de las empresas que han incurrido en delitos de acaparamiento y boicot, corresponde a una ocupación temporal de 180 días, prorrogables.

 

Según lo expuesto por Bracho esta medida tienen su base en el artículo 144 de la ley de Precios Justos y se ejecuta para “la normalización de los procesos productivos de una empresa o evitar el boicot que pueda generarse a partir del incorrecto flujo de ventas por parte del sujeto de aplicación”, señaló mientras ratificaba que no se trata de ninguna manera de una persecución al sector empresarial.

 

Otro tanto tuvo que ver con la aclaratoria en que los derechos de los trabajadores de dichas empresas están resguardados, descartando las amenazas esgrimidas por los dueños de estos establecimientos sobre “cese de funciones o cambio de la relación laboral” de los empleados.

 

(LaIguana.TV)