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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TJS) ordenó este jueves al alcalde del municipio Sucre del estado Miranda, Carlos Ocariz, a ejercer sus competencias en función de proteger los derechos constitucionales de los habitantes de dicha jurisdicción que han sido afectados por las acciones de escuadras vandálicas.

 

En respuesta a la demanda interpuesta el pasado 25 de mayo por un grupo de habitantes de dicho municipio, y en el que demandan protección de los intereses colectivos y difusos con amparo cautelar, solicitud que fue admitida, se ordena a Ocariz a evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos.

 

De presentarse una situación de este tipo, deberá «proceder a la inmediata a la remoción de tales obstáculos», en función de que se mantengan «libres de barricadas, residuos, escombros y de cualquier otro elemento que pueda ser utilizado para obstaculizar la vialidad urbana».

 

Ocariz de igual forma debe cumplir con su labor de ordenación del tránsito de vehículos a fin de garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas de su municipio.

 

En la ponencia conjunta —emitida por los magistrados que integran la Sala Constitucional del TSJ— también se ordena al alcalde a ejercer «la protección de los vecinos y habitantes de su municipio, impidiendo reuniones en las vías públicas que coarten el libre tránsito y en las que se consuman bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas».

 

De igual manera, agrega el texto, debe ejercer la protección a los niños, niñas y adolescentes, garantizando sus derechos establecidos en la Constitución Bolivariana y las leyes; velar por la protección del ambiente y el saneamiento ambiental, aseo urbano y domiciliario; y deberá girar instrucciones necesarias en sus respectivos cuerpos de policía municipal para el fiel cumplimiento de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.

 

«En ese sentido, se le ordena que despliegue las actividades preventivas y de control del delito, así como, en el ámbito de su competencia, promueva estrategias y procedimientos de proximidad con la comunidad de su espacio territorial, a fin de lograr la comunicación e interacción con sus habitantes e instituciones locales con el propósito de garantizar y asegurar la paz social, la convivencia, el ejercicio pacífico de los derechos y el cumplimiento de la ley», agrega la ponencia de la Sala Constitucional del máximo tribunal de la República.

 

En la demanda interpuesta por los habitantes de Sucre, los ciudadanos explicaron que la solicitud obedece a las violaciones de los derechos colectivos desde principios de abril pasado, tras el llamado a las acciones de calle que hicieran sectores extremistas de la derecha en Venezuela.

 

Durante más de 50 días, grupos «mantienen en anarquía el municipio colocando barricadas y alcabalas con encapuchados para intimidar y cobrarle peaje a todas las personas que transitan por las vías del municipio, que no tienen absolutamente nada que ver ni están de acuerdo con las acciones vandálicas y terroristas que estos grupitos han acontecido en nuestra comunidad, han amenazado a los comerciantes para que no ejerzan sus funciones diarias, no han permitido la recolección de basura, de manera habitual, para utilizarla en sus hechos violentos», denunciaron y por lo que exigieron que se ordene al alcalde Ocariz cumplir con sus funciones.

 

(AVN)