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En Venezuela el resguardo y la protección de las instituciones militares y sus bienes se encuentran amparados por el Código Orgánico de Justicia Militar, en cuyo instrumento legal se establece entre 8 a 16 años de presidio como castigo para quienes atenten contra enclaves castrenses. 

 

En el artículo 552, sesión IX De Otros Delitos contra la Seguridad de las Fuerzas Armadas, se estipula lo siguiente:

 

“El que por cualquier medio destruya fortalezas, naves, aeronaves, cuarteles, arsenales u otras dependencias militares o navales, será penado con presidio de ocho a dieciséis años. En la misma pena incurrirá el que inutilice las armas, valores o útiles pertenecientes a las Fuerzas Armadas, si con ello se le hubiere ocasionado grave daño».

 

Tras los hechos sucedidos este jueves 22 de junio contra la Base Aérea Militar de La Carlota, ubicada en el estado Miranda, el ministro de Interior, Justicia y Paz, Néstor Reverol, declaró que desde el mes de abril, cuando iniciaron las protestas opositoras contra el gobierno del presidente Nicolás Maduro, grupos violentos han producido 10 ataques contra esta institución castrense. Hechos que han dejado a funcionarios militares con lesiones graves. 

 

«En cualquier parte del mundo es inaceptable el ataque y asedio a una base militar», escribió Reverol en su cuenta en Twitter, @NestorReverol.

 

(LaIguana.TV)