Los pagos con tarjetas de débito o crédito emitidas por bancos extranjeros estarán exonerados del impuesto de 3% a las grandes transacciones financieras, según se desprende del decreto N° 4.647 publicado en Gaceta Oficial N° 6.689 y que contiene la reforma de la Ley del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras.

Sin embargo, se precisa que el punto de venta esté debidamente autorizado y realice el cobro en la moneda local, lo que implica que la alícuota sí se hará efectiva si la transacción se realiza a través de puntos de venta que cobran directamente en divisas.

Además, de acuerdo con el artículo 5 del instrumento jurídico, también estarán exoneradas de impuesto las operaciones con tarjetas de débito asociadas a cuentas en dólares o euros de entidades bancarias de Venezuela. 

Estas resoluciones tendrán vigencia por un año, que cuenta a partir de la publicación en Gaceta Oficial del decreto fechado el 25 de febrero de 2022.

(LaIguana.TV)