jueves, 1 / 05 / 2025
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Nayib Bukele debe dejar la presidencia de El Salvador por su candidatura: Corte Suprema de ese país

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Nayib Bukele podrá continuar en la Presidencia de El Salvador hasta este 30 de noviembre para luego dedicarse a la campaña electoral y cumplir el requisito establecido en el fallo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que lo faculta a buscar un segundo mandato de manera consecutiva.

Los magistrados, elegidos el 1 de mayo de 2021 por la Asamblea Legislativa de mayoría oficialista, establecieron en el fallo de septiembre de 2021 que para evitar que un presidente que opte a la reelección no prevalezca en el cargo debe dejarlo seis meses antes de que inicie el nuevo periodo. En ese tiempo, según el fallo, debe asumir el vicepresidente. Sin embargo, Félix Ulloa también busca la reelección en el cargo junto a Bukele. En el caso del vicepresidente la ley no prohíbe que permanezca en el cargo, ya que quien define a su compañero de fórmula es el aspirante a la presidencia.

El nuevo periodo comenzará el 1 de junio de 2024 y tiene una duración de cinco años, de acuerdo con el artículo 154 de la Constitución de El Salvador.

La candidatura de Bukele fue avalada el 3 de noviembre por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), cuyos magistrados declararon improcedentes los recursos interpuestos por la oposición para anular su participación en la contienda electoral, porque consideran que viola al menos cinco artículos de la Constitución.

El camino a seguir

El presidente Nayib Bukele tendrá que solicitar una licencia a la Asamblea Legislativa para dedicarse a su campaña, según lo establece el fallo de la Corte Suprema de Justicia de 2021.

“Este es un proceso que vamos a hacerlo en la última plenaria del mes”, dijo Ernesto Castro, presidente de la Asamblea Legislativa, en declaraciones a la prensa el siete de noviembre.

Según la Constitución, en ausencia del presidente y vicepresidente —quien dijo que también solicitará licencia a la Asamblea— son los diputados quienes deben nombrar a los designados. Para ello, Bukele tiene facultad exclusiva para enviar las ternas, tal y como lo establece el inciso décimo sexto del artículo 168 de la Constitución. Aún no las ha enviado.

(CNN)

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