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jueves, 19 / 09 / 2024

¿Qué artículo del Código Penal estaría violando Edmundo González tras no acudir a la citación del TSJ?

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La abogada en derecho penal Gloria Pinho se refirió a las razones por las cuales el excandidato presidencial de la ultraderecha, Edmundo González, debió acudir a la citación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en el cumplimiento de su deber ciudadano. “De lo contrario sería un entorpecimiento del proceso ya iniciado”, escribió en su cuenta X. 

“El artículo 483 del Código Penal Venezolano establece claramente: El que hubiere desobedecido una orden legalmente expedida por la autoridad competente o no haya observado alguna medida legalmente dictada por dicha autoridad en interés de la justicia (…) será castigado con arresto de cinco a treinta días, o multa de veinte a ciento cincuenta bolívares”, indicó. 

Posteriormente, analizó que era necesario que Edmundo González atendiera a la citación, “no solo para demostrar quién tiene la razón, sino también para cumplir con la ley, incluso si no comparte la percepción de imparcialidad de la Sala Electoral”.

Resaltó, además, que su asistencia mostraría el compromiso que tiene con el orden legal “y ayudaría a despejar dudas, contribuyendo así a la paz y estabilidad en Venezuela”.

(Laiguana.tv)


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