El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) agregó como agentes de retención responsables del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las personas naturales con firma personal.
La medida fue publicada en Gaceta Oficial Nº 43.171, de fecha 16 de julio de 2025 y vale destacar que la Providencia Administrativa N° SNAT/2025/000054 anula la disposición SNAT/2015/0049 del Seniat.
En este procedimiento se determina la obligación de retención del IVA para personas naturales calificadas como Sujetos Pasivos Especiales (SPE), que se incluyen en la representación de firma personal.
El monto a retener será el 75 % del impuesto producido y el gravamen retenido conserva su naturaleza de crédito fiscal para el agente de retención, cuando aprecien como contribuyentes ordinarios del IVA, “pudiendo ser deducido previo el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley que establece dicho impuesto”.
(Laiguana.tv)
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