En su más reciente entrega de “Tubazos”, el periodista venezolano Eligio Rojas aseguró que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) tomará medidas disciplinarias contra todo aquel que infrinja la ley, aún si se trata de los propios representantes del sistema jurídico. Tal fue el caso de Juan Pernalete.
Pernalete participó en las guarimbas del 2017 y supuestamente sufrió una trágica muerte por parte de funcionarios militares. Tres abogados solicitaron enjuiciar a estos militares para ofrecerle justicia a los principales dolientes de Pernalete, en este caso, sus padres.
“Pero luego abandonaron este trámite, lo que les trajo como consecuencia una sanción por parte del poder judicial. (…) Los padres de Pernalete recuerdan la obligación que tiene el Estado venezolano de investigar presuntas violaciones a los derechos humanos y castigar tales acciones a través de un juicio donde se respeten las garantías consagradas en la Carta Magna”, detalló Rojas.
Los abogados fueron identificados como Tamara Bechar Alter, Andrea Santa Cruz Salazar y Fernando Quintero.
“Hay sanciones para los operadores del poder judicial que no administren justicia a tiempo, atendiendo a la máxima de que justicia tardía no es justicia. De hecho, recientemente la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, a través de la sentencia 554 de la sala penal, se manifestó de acuerdo en sancionar a los operadores de justicia que retarden un proceso judicial”, explicó Rojas.
En este sentido, la sentencia dicta que es imprescindible que el Estado venezolano, a través de sus poderes públicos, garantice el principio de celeridad procesal y el derecho a una justicia expedita.
“Para ello, es fundamental que se establezcan mecanismos de supervisión y sanción para todas aquellas conductas que generen dilaciones indebidas o actos de irresponsabilidad que afecten el debido proceso. En efecto, el artículo 26 de nuestra Carta Magna garantiza a toda persona una justicia expedita y sin dilaciones indebidas, por lo cual recae en los operadores de justicia asumir la responsabilidad de cumplir con dicho mandato constitucional’’, señaló Rojas.
Acotó que hay que tomar en cuenta las responsabilidades y consecuencias detrás de acudir al poder judicial para la solvencia de casos donde supuestamente los funcionarios del Estados sean partícipes de un delito.
“Tocar las puertas del Poder Judicial para buscar justicia en cualquier caso es sancionado por las leyes venezolanas, en este caso la sanción recae sobre los particulares o sus abogados, quienes acuden a tribunales con distintos requerimientos. (…) En este sentido, invocar al poder judicial para resolver problemas genera unas responsabilidades, tanto para quien imparte justicia, como para quien la solicita, más cuando se trata de la muerte violenta de una persona, presuntamente cometida a manos de agentes militares del Estado venezolano”, aclaró Rojas.
¿Qué fue lo qué pasó?
Vale señalar que la oposición utilizó la muerte de Juan Pernalete como un medio propagandístico para seguir demonizando a la Revolución Bolivariana.
“Aclaro que ya el sistema de justicia está procesando a los militares acusados de actuar contra la vida de Juan Pablo Pernalete, pero sus familiares, representados en tres abogados, habían interpuesto una acusación propia solicitando el enjuiciamiento de estos militares; sin embargo, ese trámite fue abandonado y así lo constató el Tribunal Supremo de Justicia”, reiteró el periodista de sucesos.
Esta baja civil data del 17 de abril de 20217, siendo las adyacencias de la Plaza Francia de Altamira el escenario de este confrontamiento.
“Pasado el mediodía de ese día, se suscitan enfrentamientos entre funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana y grupos de protestantes que lanzaban objetos contra los militares. Los agentes de la Guardia Nacional Bolivariana responden lanzando bombas lacrimógenas, una de las cuales dan contra Juan Pablo Pernalete, quien fue llevado a Salud Chacao donde finalmente falleció. En ese entonces, Ramón Muchacho, alcalde del municipio, corroboró el deceso”, agregó Rojas.
Este fallecimiento dio rienda a dos versiones, la primera anunciada por el periodista Ernesto Villegas, quien fungía como ministro de Comunicación.
“Hay una aproximación policial que muestra, con un alto grado de veracidad, la posibilidad de que este joven venezolano haya sido asesinado con un arma llamada ‘pistola de perno cautivo’ (utilizada para el sacrificio de ganado). Hay elementos de interés criminalístico y periodístico que apuntan en esa dirección”, comentó Villegas en aquel entonces.
Por su parte, la ex fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, apuntó que Pernalete fue víctima de una bomba lacrimógena por parte de estos funcionarios, quienes están identificados como:
1) Luis Alberto Chourio Sánchez.
2) Ismael Rondón Fernández Montilla.
3) Felipe Antonio González Esquivel.
4) Humberto Nivaldo González Rodríguez.
5) Rodolfo Gustavo Rodríguez Mambel.
6) Neiquer Socneiyer Blanco.
7) Andrés Enrique de la Rosa.
8) Jhoan Ramos García Bracamonte.
9) José Mariano Medina Vivas.
10) Jesús Ricardo Ballesteros.
11) Williams Alexander Gómez Carrasquero,
“En el caso del teniente Luis Alberto Chourio Sánchez fue imputado por la presunta comisión del delito de homicidio calificado con alevosía y motivos fútiles, uso indebido de arma de fuego orgánica y quebrantamiento de principios internacionales. Al resto de los funcionarios les imputaron homicidio calificado con alevosía y motivos fútiles, además de quebrantamiento de principios internacionales en calidad de cómplices necesarios”, agregó Rojas.
(Laiguana.tv/ Fotos @afrofenixphoto)

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