En su más reciente entrega de “Tubazos”, el periodista venezolano Eligio Rojas informó que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) multó al ex diputado de la oposición, César Pérez Vivas, por no concluir un trámite administrativo que involucraba su reinserción en los procesos electorales.
Según Rojas, Pérez Vivas interpuso una acción de amparo ante la Sala Constitucional del TSJ en marzo de 2024, puesto a que alegaba que le estaban violentando sus derechos políticos al prohibirle postularse a cargos públicos que son determinados por la elección popular.
“En ese caso, el también ex gobernador de Táchira quería postularse a la presidencia de la República en las elecciones del 28 de julio de 2024; sin embargo, no pudo hacerlo porque cada vez que ingresaba su cédula en el portal del CNE aparecía un mensaje que dictaba: ‘Este elector presenta una prohibición para ejercer cargos o función pública de acuerdo a lo establecido en la normativa constitucional y legal’”, detalló Rojas.
Fue así, como los magistrados chequearon el expediente y constataron que su última solicitud de amparo data del 18 de septiembre del 2024.
“Los magistrados alegan que desde esa fecha no volvió a manifestar interés alguno en la continuación del amparo”, comentó Rojas.
El acta de la sala constitucional del TSJ, precisó que la solicitud de amparo tiene una vigencia de seis meses y su inoportuna constancia, seguimiento o actuación conlleva a que la sala califique el proceso como “abandono del trámite”, cuya consecuencia radica en la imposición de una multa.
“Al haber una pérdida de interés de la parte accionante en obtener la tutela del sistema judicial, la sala constitucional declara terminado el procedimiento por abandono del trámite. Por último, de conformidad con lo establecido en el único, aparte del artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre derechos y garantías constitucionales, se impone a la parte actora una multa por la cantidad de dos mil bolívares a favor de la Tesorería Nacional en cualquier institución financiera receptora de fondos nacionales, lo cual deberá acreditar mediante la consignación en autos dentro de un plazo de cinco días siguientes a su notificación. Así se declara”, dicta el documento oficial citado por Rojas.
Otro caso similar
Por otra parte, Eligio Rojas trajo a colación el caso de los representantes jurídicos del guarimbero Juan Pernalete, quien supuestamente experimentó una trágica muerte por parte de funcionarios del Estado.
“Previamente, relatamos que la Sala Constitucional multó a tres abogados que representaban a la familia de Juan Pablo Pernalete, quienes impulsaron una acción de amparo que pretendía impulsar un juicio contra once militares presuntamente implicados en su asesinado; no obstante, abandonaron el trámite y en razón de ello la Sala Constitucional los multó con 2.000 bolívares”, destacó el periodista de sucesos.
Para conocer más detalles haga clic en el video adjunto.
(Laiguana.tv/ Fotos @afrofenixphoto)


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