La Gaceta Oficial publicó las disposiciones generales para regular la prestación del servicio «Exporta Fácil Postal», resolución conjunta que llevarán a cabos el Poder Popular para el Comercio Exterior y su similar de Transporte, cuyo objetivo es agilizar las exportaciones no tradicionales mediante envíos postales de hasta 30 kilos por bulto y promover el acceso a mercados internacionales de forma sencilla, rápida y a menor costo.
De acuerdo con lo compartido por la misiva venezolana en su edición N° 43.263, el límite máximo será de tres bultos por destinatario, mientras que rubros como café, cacao, semillas y raíces, licores, entre otros rubros, también podrán ser exportados a través de este servicio, por su potencialidad, capacidad de mercado y pertinencia en el país de origen, por lo que podrán ser catalogados como materia prima o insumos terminados.
En este sentido, El Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel) tendrá la obligación de coordinar el Exporta Fácil en todas sus oficinas a nivel nacional e internacional, a la vez que sus funcionarios supervisarán y fiscalizarán las empresas concesionarias, además de garantizar la debida seguridad y condiciones sanitarias de la mano con el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) con operadores postales de otros países.
Finalmente, se establece un plazo de 90 días continuos a partir de la publicación de esta resolución, para que las empresas privadas que estén prestando este servicio, presenten la solicitud y la documentación requerida para el otorgamiento de la habilitación, mediante concesión especial.
(Laiguana.tv)
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