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Pese a la circular emitida el pasado lunes, por la Superintendencia de Actividad Aseguradora (Sudeaseg) donde prohibía a Empresas de Seguros ofertar Pólizas de productos por períodos menores a un año, la Cámara de Aseguradores de Venezuela (CAV) reitera su posición al respecto, indicando que las mencionadas pólizas se encuentran dentro de los parámetros legales.

 

En este sentido, Alesia Rodríguez Pardo, presidenta ejecutiva de la CAV, aseguró que “siempre hemos actuado dentro del marco de la Ley. En la práctica existen y han existido desde hace muchos años, productos cuya vigencia es inferior a un año; por ejemplo, los seguros de transporte, así como las pólizas contratadas por el sector público para ajustarse al ejercicio presupuestario”.

 

Asimismo, Rodríguez señaló que «el pago menor a un año beneficia al asegurado, por cuanto los montos se pueden dividir, y ello ayuda a soportar la pérdida de su poder adquisitivo».

 

La junta directiva de la CAV sostuvo una reunión con el ente regulador, quienes manifestaron la necesidad de ofrecer a los asegurados productos y servicios en contratos inferiores a un año.

 

Según la Cámara, ellos trabajan con lo establecido en la Ley, de acuerdo al artículo 28 de la Ley del Contrato de Seguro, debido a que el tiempo del contrato de seguro debe corresponderse con el lapso para el cual fue calculada la prima, por ello, la existencia de productos inferiores a un año resulta válida.

 

(LaIguana.TV)