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En la Gaceta Oficial N° 40.790 que circula este miércoles, el Ministerio de Petróleo y Minería prorrogó por un año la disposición transitoria séptima de la Ley Orgánica que Reserva a Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro, que permite al Banco Central de Venezuela regular la venta del oro de la pequeña minería.

 

La Ley fue promulgada vía habilitante en noviembre de 2014 y establece en su disposición transitoria séptima que los organismos encargados del área podría acordar por un año las normas para la actividad mientras se firman alianzas estratégicas.

 

Ese artículo fue prorrogado por un año y permite al BCV seguir adquiriendo el oro producido en el país de forma directa, de acuerdo con la normativa dictada en junio de este año.

 

(Emen)