TARJETAS-DE-CRETITO.jpg

Los préstamos al consumo ya no tendrán como monto tope 7.500 Unidades Tributarias (UT) equivalentes a 952.500 bs. Ahora la ordenanza legal eleva el máximo a 15.500 UT, es decir, 1.968.500 bs., de acuerdo con la reforma de la Ley de Instituciones del Sector Bancario.

 

El cálculo de este monto se fija bajo la UT que en la actualidad equivale a 127 bs. Estos créditos a corto plazo para la compra en establecimientos comerciales, y cuyo pago se hace en cuotas consecutivas, están establecidos en las modificaciones de la normativa que reúne 274 artículos en Gaceta Extraordinaria 6.154 del referido texto jurídico.

 

La medida supone que las compras con tarjeta de crédito podrán alcanzar ese monto máximo, lo cual eleva la capacidad para la adquisición de bienes al hacer uso de los llamados extra crédito, que es el préstamo adicional para adquirir bienes y servicios que no afecta el límite crediticio del plástico. Esto se hace de acuerdo con la capacidad de pago y perfil crediticio del cliente.

 

(Agencias)