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Si quiere gozar de todos los beneficios que ofrece el Instituto Venezolano del Seguro Social (Ivss), pero jamás ha cotizado, no se preocupe, si lo desea puede comenzar a cancelar estas cuotas por su cuenta. Iniciar estos pagos es muy fácil, solo debe acudir a cualquier sede administrativa del Ivss, ubicadas en distintos puntos del territorio nacional, y solicitar la «Continuidad Facultativa». Esta le permitirá cotizar sin estar vinculado a ninguna empresa.

 

Al solicitar este documento deberá presentar:

 

1- Cédula de Identidad.

 

2- Copia del Registro de Información Fiscal (RIF).

 

3- Dos copias de la cuenta individual del Ivss.

 

4- Declaración jurada y certificación de ingresos avalado por un contralor público colegiado (esto en el caso de los trabajadores independientes).

 

Con los recaudos deberá entregar su número de cuenta bancaria. El funcionario o funcionaria le informará la fecha de corte en la que se efectuará cada cobro. Los descuentos, cabe destacar, serán mensuales.

 

Los pagos también se pueden realizar personalmente mediante depósitos en un banco afiliado al Ivss. En caso de atrasarse por más de un mes, podrá seguir cotizando luego de cancelar el monto adeudado.

 

¿Cómo solicitar el cobro de la primera pensión?

 

Luego de terminar de pagar las cotizaciones, deberá solicitar la planilla forma 14-04 (prestaciones de dinero) y la planilla forma 14-100 (constancias de trabajo). Una vez que se las acepten (este proceso, por lo general, es muy lento y burocrático) podrá comenzar a cobrar su pensión.

 

En caso de haber pertenecido a una empresa desaparecida, deberá llenar la planilla forma 14-205 (declaración jurada).

 

DATOS IMPORTANTES

 

1-. Continuidad Facultativa: Para optar a este beneficio deberá tener por lo menos 250 cotizaciones en los últimos 10 años.

 

2-. Las personas pagarán mensualmente de acuerdo al salario con el que hayan cotizado en las últimas 100 semanas (tanto su parte, como la que le hubiera correspondido al empleador).

 

3-. Perderá su derecho a continuar en el Ivss quien se retrase en el pago por más de 6 meses.

 

4-. Para solicitar la pensión de vejez, los hombres deberán haber cumplido 60 años y las mujeres 55.

 

5-. El mínimo de cotizaciones que se exigen es de 750.

 

6-. Si al cumplir la edad correspondiente no ha culminado de cancelar las cotizaciones, recibirá de inmediato una indemnización única equivalente al 10% de la suma de los salarios correspondientes a las cotizaciones que tenga acreditadas. Cuando comience a cobrar la pensión, se le descontará lo percibido.

 

(LaIguana.TV)