En la mañana de este miércoles, el ministro para Industrias y Comercio, Miguel Pérez Abad, explicó lo que sería el Tipo de Cambio Complementario Dicom y Tipo de Cambio Protegido Dipro, por el que regirán las diversas operaciones en materia de divisas.

 

Tipo de Cambio Protegido (Dipro)

 

Está bajo el dólar a 10 bolívares (ajustable de manera progresiva) y entran en ella las operaciones de bienes y servicios, necesarios para la vida: alimentos, medicinas y materia prima para su creación. Asimismo lo necesario para la liquidación de pensiones de vejez.

 

El pago de actividades académicas, salud, deporte, investigaciones y cultura, también entran en el renglón de Dipro.

 

Tipo de Cambio Complementario (Dicom)

 

Se realizará con la tasa más vigente del Sicad (dólar flotante) y a través de ella se contempla los consumos con tarjetas de créditos y avances en efectivo con motivos de viajes al exterior.

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(LaIguana.TV)