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Según la sentencia 473 emitida este martes 15 de junio, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) le solicitará al directorio de la Asamblea Nacional (AN) que rinda cuenta sobre los procesos que llevan a cabo en el hemiciclo, en diferentes puntos.

 

Primero, se le pedirá respaldar que se está cumpliendo con la normativa para discutir y aprobar las leyes. En ese sentido, la AN está obligada a realizar consultas públicas al pueblo antes de llevar las leyes a la segunda discusión, así lo reza la Constitución en su artículo 211.

 

Además, hay una sentencia previa, decretada por el TSJ en el mes de abril, que aplica para esta materia y que debe ser cumplida a cabalidad por la AN. De no estar siguiendo dicha sentencia, la multa alcanza las 200 unidades tributarias.

 

Asimismo, la AN debe estudiar no solo el impacto que tiene cada ley en el pueblo, sino también su incidencia económica y presupuestaria en los planes del Ejecutivo nacional ¿se estará cumpliendo?

 

No obstante, se conoce que «son requisitos esenciales y obligatorios», y a los antes nombrados hay que sumarle que debe existir la «concertación obligatoria» entre el Ejecutivo y la AN para toda ley promulgada en Venezuela.

 

Y en segundo lugar, el TSJ también quiere saber si se han hecho las convocatorias a las sesiones con al menos 48 horas de anticipación; esto para garantizar que los diputados y diputadas que residen fuera de Caracas, lleguen a tiempo a la convocatoria.

 

¿Rendirá cuentas la AN al TSJ? ¿Se estarán cumpliendo las normativas dentro del hemiciclo? ¿Les saldrá multa?

 

(LaIguana.TV)