El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) autorizó este miércoles al Banco Central de Venezuela (BCV) a suscribir préstamos con el Fondo Latinoamericano de Reservas, sin necesidad de la aprobación de la Asamblea Nacional (AN).
Dicho pronunciamiento surgió luego de un recurso solicitado por el propio BCV; en la sentencia el TSJ aseguró que “el Banco Central (BCV) es una persona jurídica dotada de autonomía para el ejercicio de sus atribuciones con eficiencia” y “el control previo de la Asamblea Nacional transgrediría la autonomía constitucional del Banco Central de Venezuela”.
Asimismo, la sentencia indica que esto es de especial interés debido a la emergencia económica que se encuentra en vigor en el territorio nacional.
(LaIguana.TV)