Este 27 de agosto se publicó en Gaceta Oficial el calendario para la cancelación adelantada del Impuesto al Valor Agregado y (IVA) y el Impuesto Sobre la Renta (Isrl), que deben efectuar los sujetos pasivos especiales entre septiembre y diciembre de 2018.

 

Así lo comunicó el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) e indicó que sobre la “declaración y enteramiento de las retenciones del IVA, (la misma) se realizará semanalmente y debe contener el importe retenido en la semana inmediatamente anterior”.

 

Asimismo, agregó que el pago será requerido el día que se muestre la declaración, según reseñó Banca y Negocios. 

 

Respecto al Isrl, el ente explicó que “el anticipo debe realizarse a través de una declaración informativa semanal”.

 

Conjuntamente, “será dividido entre los días hábiles de la semana y pagará la primera porción el mismo día de la declaración, las demás porciones se pagarán de acuerdo con la fecha indicada en respectivo compromiso de pago”.

 

(LaIguana.TV)