Otra acción contra el Gobierno de Nicolás Maduro se materializó el 27 de septiembre, cuando los mandatarios de Colombia, Argentina, Paraguay, Perú, Canadá y Chile formalizaron una petición para investigar a Venezuela por los presuntos crímenes contra la humanidad realizados desde febrero de 2014.

 

Es de señalar que esta pretensión se suma a una serie de acciones judiciales en distintas sedes como el CIADI, la Organización de Estados Americanos, el Consejo de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la ONU.

 

Además de acciones económicas y financieras como el bloqueo de fondos en dólares de la estatal PDVSA y sus filiales en los EEUU, la prohibición de operar con instrumentos de la deuda soberana de Venezuela en todos los mercados bursátiles de Occidente. Incluso han optado por hacer amenazas del uso de la fuerza por parte de potencias extranjeras, así como una campaña mediática internacional de descrédito contra la venezolanidad.

 

A estas acciones ilegales, injustas e ilegítimas en su gran mayoría, desproporcionadas y exageradas en su totalidad, se acumulan en una campaña de demonización cuyo fin último es defenestrar del poder de manera violenta a un Gobierno que se ha sometido a 24 elecciones en los últimos 19 años, por cuanto no pueden —al menos democráticamente— eliminar su ‘mal ejemplo’ del hemisferio.

 

Ahora bien, la fiscal penal internacional Fatou Bensouda ha estado investigando desde febrero de 2018 los presuntos crímenes que se cometieron en las acciones terrorista que la oposición venezolana hizo en el año 2017 y los abusos policiales que se suscitaron, los cuales por supuesto en su totalidad se lo atribuyen al Gobierno de Maduro, incluyendo las 23 personas que quemaron vivas en el Este de Caracas por parecer chavista, mestizo o simplemente pobre y humilde, así de ‘pacíficas’ fueron las protestas de la clase media y alta venezolana.

 

Entonces, ¿prosperará esta pretensión en la Corte Penal Internacional? Primero debemos tener en cuenta si admitirá o no la Sala de Cuestiones Preliminares dicha acción, la cual no pasó por el tamiz del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas por el temor real de un veto de China y Rusia, los cuales no forman parte del Estatuto de Roma, al igual que EEUU, principal interesado en salir de Nicolás Maduro y colocar un sátrapa que maneje la principal reserva de petróleo y oro del mundo.

 

En este sentido, se debe tener en cuenta el artículo 17 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional que establece:

 

«La Corte teniendo en cuenta el décimo párrafo del preámbulo y el artículo 1, resolverá la inadmisibilidad de un asunto cuando: a) El asunto sea objeto de una investigación o enjuiciamiento por un Estado que tenga jurisdicción sobre él salvo que éste no esté dispuesto a llevar a cabo la investigación o el enjuiciamiento o no pueda realmente hacerlo».

 

De lo anterior, se denota que si un Estado es investigando, juzgando y ejecutando lo juzgado de los hechos denunciados, como es el caso de la entidad político territorial independiente República Bolivariana de Venezuela, que ha demostrado con acciones concretas que es el principal interesado en que se conozca la verdad, entonces resultaría írrito y fútil la activación de un órgano jurisdiccional internacional.

 

Sería más útil investigar las masacres paramilitares apoyados por el Gobierno de Colombia; los indultos a un ex jefe de Estado como Alberto Fujimori, criminal de lesa humanidad declarado así por la propia jurisdicción peruana; los crímenes medievales sin castigo en la operación Cóndor en el Cono Sur, sin contar los crímenes de guerra que ha hecho la OTAN con la anuencia de Canadá en Oriente Medio y África, entre otros. Pero esto habría que reclamárselo a la monarca que los representa.

 

En palabras del doctor Jesús David Rojas Hernández, experto en Derecho Penal Internacional y Derecho Humanitario, se debe esperar la decisión de la fiscal de la Corte Penal Internacional Fatou Bensouda, la cual ha demostrado tener una hoja intachable de trayectoria profesional, que la ha llevado a presidir la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional para Ruanda, entre otros importantes cargos como adjunto al fiscal de la Corte Penal Internacional. Sin embargo, acotó que Venezuela debería destinar un equipo de abogados para atender jurídicamente estos procesos judiciales internacionales, no solamente atacarlos políticamente.

 

Igualmente, se debe tener en cuenta que la destitución de la antigua fiscal general de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, en parte se produjo por la inacción criminal de esta funcionaria, la cual tenía el monopolio de la acción penal, otorgada por la Constitución de 1999 cuyo texto está siendo revisado por una Asamblea Nacional Constituyente, que por supuesto es causa de resquemores y pruritos en las altas esferas del poder en Washington.

 

Recientemente, el nuevo fiscal general venezolano, Tareck William Saab, denunció y acusó una serie de irregularidades en los procedimientos de investigación de los hechos presuntos como lesivos a la humanidad, así como impulsó una serie de acciones para descubrir la verdad de lo que pasó en esa hora tan oscura de la historia de Venezuela.

 

Hay responsables tras las rejas y varios individuos con medidas humanitarias de casa por cárcel, precisamente autores materiales de la destrucción de Caracas en febrero de 2014 como es Leopoldo López, a quien la oposición, los medios y Gobiernos de derecha catalogan como preso político.

 

Por último, la prosperidad o no de esta acción penal internacional es insustancial y debería declararse inadmisible, por cuanto el Estado venezolano está conociendo en profundidad todos y cada uno de los hechos. Sin embargo, debería la comunidad internacional prestar todo el apoyo para que los prófugos de la justicia venezolana que se encuentran en palacetes en las capitales de los países denunciantes, sean procesados por la jurisdicción del país.

 

(Sputnik News / Jesús Millán Alejos)