Haciendo un ejercicio de simplificación operativa los objetivos medulares del Programa de Estabilización Económica son dos: 1) la estabilización de la tasa de cambio y 2) la estabilización de los precios. 

 

Eso no se logró en estos primeros 90 días porque 1) no se concretó el anclaje del bolívar soberano en el petro incluyendo su incorporación al mercado de divisas para «competir» con el dólar, al menos en lo simbólico, y 2) porque los «acuerdos de precios» (Ley de Precios Acordados) liquidaron el mecanismo de precios sobre los costos (Ley de Precios Justos) que concibe su determinación y fijación como un sistema.

 

En tal sentido, las claves del «Factor de Corrección» (anunciado por el presidente Nicolas Maduro el viernes) son 1) comenzar (por fin) a vender el petro como una criptomoneda en divisas, otras criptomonedas y en bolívares soberanos  (recuerden que aún no ha salido a la venta porque no hay plataforma tecnológica), 2) definir como sistema de determinación de precios el establecido en la Ley de Precios Justos sobre la base de los costos.

 

Estos costos incluyen la tasa de cambio estabilizada por la salida del petro al mercado y la definición auditable del componente salarial (lo que implica un ineludible ajuste) que corresponda a los distintos rubros y/o sectores de la economía.

 

(La Tabla)