El remitido en el que un grupo de directivos de El Nacional y Tal Cual reconocen haber difamado a Diosdado Cabello es un documento importantísimo en la historia del periodismo venezolano del siglo XXI.

 

Ese documento puso en evidencia varias de las peores fallas de los órganos de comunicación opositores que, lamentablemente, han sido algunas veces replicadas en este período por  los medios de difusión del sector público. 

 

Estas fallas son la difusión de información no confirmada, incluso a sabiendas de que es falsa; la utilización de centrífugas de información tendenciosa, basadas en una prensa global igualmente carente de ética; la negativa a activar los mecanismos legales de derecho a réplica; la estrategia de victimización cuando los afectados asumen vías judiciales; y  la negativa a reconocer los hechos, incluso cuando se ha producido una sentencia firme.

 

Revisemos estos aspectos detalladamente.

 

La mentira como materia prima

 

El caso que originó esta querella judicial, tal como lo han reconocido tardíamente los directivos que suscribieron el comunicado, se basó en una información de la que los medios involucrados no tenían prueba alguna. 

 

No solo no se tenían indicios concretos de que el dirigente político Diosdado Cabello estuviese envuelto en actividades del narcotráfico, sino que tampoco las había sobre la afirmación de que las autoridades federales de Estados Unidos habían abierto una investigación al respecto.

 

Aun a sabiendas de esa debilidad estructural, estos diarios decidieron publicar el material. Esto, dicho sea de paso, no solo constituye una conducta tipificable como delito, sino también una abierta trasgresión a la ética periodística. El artículo 11 del Código de Ética del Periodista Venezolano dice: “El periodista comete falta grave cuando comunica de mala fe acusaciones sin pruebas o ataques injustificados a la dignidad, honor o prestigio de personas, instituciones o agrupaciones”.

 

La centrífuga global

 

El caso de Cabello versus El Nacional y Tal Cual (además del medio digital La Patilla) pone al descubierto uno de los mecanismos más perversos que haya podido idear la maquinaria mediática global para desarrollar matrices de opinión en contra de gobiernos o líderes que no comulguen con sus intereses. Se trata de una especie de centrífuga mediante la cual los medios pretenden prescindir de su obligación de sustentar sus denuncias en elementos probatorios, apelando para ello a publicaciones de otros medios.

 

El mecanismo, en este caso específico, operó así: un periódico de difusión global, en este caso ABC de España, se hizo eco de rumores sobre la condición de capo de las drogas que se le atribuye a Cabello, y respecto a la existencia de una investigación federal en EEUU. El Nacional y Tal Cual reprodujeron la nota periodística, atribuyéndole credibilidad por haber sido publicada por el periódico español. Una vez replicado por estos dos medios, muchos otros impresos y digitales de Venezuela y otras naciones, hicieron otras reproducciones.

 

¿Es válido apoyarse en la prensa extranjera de esa forma? En absoluto. Y es particularmente grave que se haga esto para justificar la publicación de una acusación de ese calado.

 

Sería muy distinto si se tratase de reseñar opiniones emitidas por ese o cualquier otro periódico, ya sea mediante editoriales (como postura colectiva de la empresa) o por vía de alguno de sus articulistas. Lo que es inadmisible es que se pretenda que un señalamiento directo de un grave delito tenga legitimidad solo porque lo publicó un medio de alcance internacional.

 

La centrífuga ha sido una fórmula muy eficiente en el caso venezolano porque los principales medios de comunicación estadounidenses, latinoamericanos y europeos son parte solidaria de la maquinaria contrarrevolucionaria del capitalismo mundial. En el caso de España, prácticamente todos los diarios de peso, con gran influencia en el mundo hispanohablante, son rabiosamente antichavistas. El más radical de todos es justamente ABC, periódico ultraderechista y franquista en el que no pasa un día sin publicar alguna nota denigrante contra la Venezuela bolivariana.

 

La perniciosa centrífuga opera con mucha mayor fluidez desde que comenzó el reinado de las redes sociales, toda vez que el punto de partida de la primera publicación puede ser (y así ocurre cada vez con más frecuencia) una fake news generada, sin fuente ni prueba, desde cualquier cuenta de una persona identificada con su nombre o escondida tras un seudónimo.

 

Negativa a activar el derecho a réplica

 

Al revisar la historia del caso Cabello se puede encontrar otra de las características deplorables de nuestra prensa, como es la negativa de los medios a considerar el derecho a réplica y a efectuar voluntariamente las rectificaciones necesarias. A pesar de que este derecho alcanzó rango constitucional en 1999 (igual que el derecho a una información veraz), la respuesta automática de los medios suele ser negarse a cumplir estas normas.

 

La obligación legal tiene nuevamente en este punto un refuerzo deontológico: el Código de Ética del Periodista Venezolano indica que “Las informaciones falsas deben ser rectificadas espontánea e inmediatamente». Asimismo establece que, tal como lo ordena la Ley de Ejercicio del Periodismo,  la rectificación deberá  publicarse en el lapso de las 48 horas siguientes al reclamo presentado por el agraviado, en el mismo medio y en las mismas condiciones en que se publicó la información original.

 

Muchos medios se han colocado en una posición tan inflexible respecto a este punto que la sola solicitud de derecho a réplica es considerada una acción contraria a la libertad de prensa y con frecuencia se le incluye en los informes que se elevan ante organismos defensores de derechos humanos. En casos como el de Cabello se alega que cuando el derecho a réplica lo solicita una persona dotada de poder político, se trata de una intimidación al periodista o al medio. De tomarse como válido ese argumento habría que concluir que todos los ciudadanos tienen derecho a réplica, excepto quienes ostentan cargos políticos.

 

La victimización 

 

La vía del derecho a réplica o la rectificación unilateral del medio es conciliatoria. Tan es así que muchos medios incorporaron a sus plantillas un ombudsman o defensor del lector, encargado de recibir las quejas y tratar de contrastar puntos de vista. El Nacional fue uno de los medios pioneros en este aspecto. Pero esa instancia conciliatoria a menudo se agota por la negativa de los directivos a hacer aclaratorias o desmentidos. En tales circunstancias, a los individuos o grupos afectados solo les queda asumir la ruta judicial, es decir, demandar por difamación e injuria o, en caso de altos funcionarios del Estado, por vilipendio.

 

La maquinaria mediática también tiene una respuesta para estos casos: victimizarse y denunciar que están siendo perseguidos por vías tribunalicias. Se habla con frecuencia de la judicialización y la criminalización de la libertad de expresión.

 

En los informes de conocidas ONG especializadas en la defensa de la libertad de prensa pueden encontrarse muchos casos en los que se califica la demanda penal como un atentado contra el derecho a expresar el pensamiento.  En estos documentos, que circulan profusamente por el mundo, los periodistas y medios acusados por delitos de calumnia, difamación, injuria y vilipendio son elevados a la categoría de héroes y mártires, incluso en los casos en que, luego de largos procesos judiciales, no tuvieron más remedio que admitir la falsedad de sus denuncias. Un ejemplo digno fe colección es el informe titulado El peso de las palabras, elaborado por la ONG Espacio Público, en la que se recopilan todos los casos judiciales entre 2002 y 2006, siempre con un enfoque sesgado, favorable a los comunicadores y medios, aun cuando su culpabilidad haya quedado plenamente demostrada

 

En este caso específico, el dueño de El Nacional, Miguel Henrique Otero calificó de agresión contra la prensa libre la decisión del juez Gustavo Hidalgo, a cargo del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la demanda de Cabello, el pasado mes de junio.

 

Difamación contumaz

 

La difusión del comunicado es una demostración de que solo cuando no tienen más opciones,  los medios de comunicación acceden a rectificar y ni siquiera en esos casos lo hacen de la manera que prescribe la Constitución Nacional, la Ley de Ejercicio del Periodismo y el Código de Ética del Periodista Venezolano, que es de manera proporcional al espacio o tiempo que se haya empleado para la acusación infundada y en el mismo medio sancionado.

 

Los editores incurren así en un agravante de cualquier delito o falta, como es la contumacia. Esto significa que el transgresor reincide de manera persistente en su acción. 

 

Los directivos de los dos periódicos penados accedieron a publicar un remitido, probablemente para evitar sanciones adicionales por desacato a la sentencia del juez de la causa.

 

De todos modos, como se dice popularmente, Cabello puede darse con una piedra en los dientes, pues esto que logró es mucho más de lo que han conseguido otros, y en un tiempo mucho menor.

 

Por ejemplo, el diario El Nuevo País nunca rectificó su falsa denuncia de 2002 contra Aristóbulo Istúriz, a quien señaló como comprador de un yate de 55 metros de eslora, con un costo estimado de 750.000 dólares.

 

En  2004 El Universal acusó al ministro de Interior y Justicia, Jesse Chacón de haber comprado un cuadro de Armando Reverón, en un precio de  140.000 dólares. El funcionario demandó a la periodista Alicia La Rotta, quien evitó el juicio accediendo a publicar un desmentido en el que dijo haber confiado de buena fe en los datos suministrados por fuentes que en oportunidades anteriores habían aportado información confiable.

 

En 2004, Chacón también demandó a Patricia Poleo por la difusión  en El Nuevo País de una fotografía de un militar junto al cadáver de un vigilante de Venezolana de Televisión, durante los sucesos del 27 de noviembre de 1992. El diario aseguró que ese militar era Chacón. Al final, luego de la sentencia judicial, Poleo tuvo que admitir que se trataba de otra persona. Ella también le echó la culpa a sus –según ella- habitualmente acertadas fuentes. La periodista fue sentenciada a seis meses de prisión, pero nunca se cumplió esta pena.

 

El caso más dramático y el que requirió más tenacidad de parte del demandante fue el de un particular, el neurocirujano Adolfredo Pulido Mora, quien le ganó la querella a El Nacional luego de 21 años dando tumbos en pasillos judiciales.  El Tribunal Primero Superior en lo Civil ordenó al diario pagarle al doctor 4,5 millones de bolívares por el daño moral que le causó al publicar informaciones sobre supuesta mala praxis.

 

Paradojas

 

A pesar de la postura radical de ciertos editores que consideran estas demandas como judicialización y criminalización de la libertad de expresión, algunos de ellos han recurrido a las acciones legales, en condición de agraviados. Tal fue el caso del mismo Miguel Henrique Oero, quien en 2011 demando por difamación e injuria agravadas y continuadas al moderador del programa de televisión La Hojilla, Mario Silva. 

 

Otero alegó que Silva lo llamó reiteradamente «hijo de puta», por lo que la demanda fue en defensa de su propio honor y en el de su mamá, María Teresa Castillo. Silva admitió haberse referido a Otero con esas palabras, aunque aclaró que lo hizo sin intención de ofender a la madre. La juez de la causa, Dinorah Yosmar González, desestimó la acusación con el argumento de que la expresión, aunque altisonante, está en el ámbito de la opinión, no en el de las acusaciones sobre presuntos delitos, que sí requieren de pruebas.

 

El tema, como resulta obvio, da para muchas reflexiones, incluyendo para la que deberían hacer los periodistas que han estado envueltos en estos casos, los que se prestan para que opere la centrífuga, los que niegan el derecho a réplica, los que se victimizan cuando los demandan. También es una buena excusa para que ciertos directivos y comunicadores de medios públicos, incluyendo el propio Diosdado Cabello, ganador de esta demanda, se miren en ese espejo.

 

(Clodovaldo Hernández / LaIguana.TV)