Este lunes 1 de julio, Ministerio Público solicitó la detención preventiva del teniente Ascanio Antonio Tarascio (23 años) y el sargento segundo Estiben José Zarate (22 años), ambos de la Guardia Nacional Bolivariana, por su presunta responsabilidad en la muerte del capitán de corbeta, Rafael Acosta Arévalo.

 

Según lo expresado en un comunicado del MP a la opinión pública, el fiscal 34° con competencia plena imputó a los mencionados funcionarios por «el delito de homicidio preterintencional concausal, acordado por el Tribunal 36° de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas».

 

Ahora bien, ¿de qué se trata el homicidio preterintencional? El Portal La Tabla reseña que de acuerdo al artículo 410 del Código Penal venezolano, el «homicidio preterintencional concausal» ocurre cuando el sujeto tiene la intención de lesionar a otro individuo. Es concausal debido a que surge en condición sobrevenida o preexistente que ocasiona la muerte.

 

«El que con actos dirigidos a ocasionar una lesión personal, causare la muerte de alguno, será castigado con presidio (…)», dispone parte del art. 410.

 

Acosta Arévalo era uno de los presuntos implicados en la operación golpista, que contemplaban el asesinato del mandatario venezolano, Nicolás Maduro. Las pruebas fueron presentadas por el Vicepresidente de Comunicación, Turismo y Cultura, Jorge Rodríguez, el pasado 26 de junio.

 

(LaIguana.TV)