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Este jueves, el abogado constitucionalista Hermánn Escarrá explicó que la convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente (ANC) no se trata de consultas a los ciudadanos ya que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece la iniciativa y pasos para realizar mencionado proceso.

 

«Aquí no se trata de consultas, porque en aquella oportunidad (1999) se aplicó el artículo 181 de la Ley de Participación Política que decía que se le puede consultar al pueblo sobre cualquier hecho de trascendencia nacional», explicó el miembro de la Comisión Presidencial para la ANC. 

 

Esto respondería a la postura de la dirigencia opositora sobre la necesidad de someter la propuesta del jefe de Estado a un referendo aprobatorio para consultar a la población si quiere ir o no a una Constituyente.

 

Escarrá recordó que «hay una iniciativa debidamente regulada, hay una competencia del Poder Electoral, se presentan unas bases comiciales y una vez publicadas entramos en un proceso de elección».

 

Además, el abogado reiteró que la finalidad del proceso Constituyente es garantizar la paz en el país.

 

Este martes, la Comisión Presidencial para el Poder Popular Constituyente inició un período de consultas con partidos políticos, sindicatos, universidades, grupos religiosos, entre otros representantes de los sectores políticos, económicos y sociales del país, para dar a conocer los alcances en el ámbito territorial y sectorial de la ANC.

 

El anuncio fue hecho por el presidente de dicha comisión, Elías Jaua, quién refirió que se abrirá un tiempo perentorio para este proceso de consulta. Recordó que todo ciudadano que reúna los requisitos de elegibilidad previstos en la Carta Magna, en el ámbito territorial y sectorial, pueden ser constituyentes.

 

(LaIguana.TV)