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Según el Decreto 2.833, incluido en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6.296, no solo quedó oficializado la modificación en la modalidad de pago del cestaticket socialista, sino que además, se establece un plazo de 30 días a partir de su publicación, para que las empresas ajusten sus sistemas de nómina y procedan al pago de este beneficio.  

 

Así pues, el cálculo para el pago del cestaticket socialista quedó determinado en 15 Unidades Tributarias, pudiendo percibirse hasta un máximo equivalente a 450 Unidades Tributarias al mes.

 

La cancelación del bono alimentación podrá realizarse en efectivo o mediante abono en la cuenta nómina del trabajador. Es importante destacar, que el monto recibido por este beneficio no tiene incidencia salarial.

 

“(…) El monto que resulte por los días laborados  no genera incidencia salarial alguna, y en consecuencia no podrán efectuarse deducciones sobre éste, salvo las que expresamente autorice el trabajador para la adquisición de bienes y servicios en el marco de los programas y misiones sociales para la satisfacción de sus necesidades”, reza el texto en la Gaceta Oficial.

 

Asimismo, los tickets y tarjetas electrónicas ya emitidas, mantendrán su validez.

 

(LaIguana.TV)