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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela rechazó este lunes un recurso presentado por la fiscal general, Luisa Ortega, contra la Asamblea Nacional Constituyente convocada por el presidente Nicolás Maduro, informó el órgano estatal.

 

«Por inepta acumulación de pretensiones, Sala Electoral del TSJ declara inadmisible el recurso», anunció la corte en su cuenta de Twitter, sobre la acción legal que presentó Ortega el pasado jueves por considerar que la Constituyente menoscaba los derechos humanos y la democracia.

 

Este lunes 12 de junio se conoció que mediante sentencia 67 la sala electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible el recurso ejercido por la Fiscal General de la República.

 

La Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, interpuso el pasado jueves 8 de junio ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) un recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, y, subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), convocada por el presidente Nicolás Maduro.

 

En dicho documento solicitó que se declarara la nulidad de las decisiones del Consejo Nacional Electoral (CNE) relacionadas con la convocatoria a la ANC, por considerar que el Decreto Presidencial no cumple con los extremos legales, especialmente “porque el pueblo venezolano es quien tiene la potestad de realizar dicha convocatoria”.

 

Adicionalmente, exigió la anulación de las bases comiciales por considerarlas inconstitucionales, así como el llamado que realizó la presidenta del ente comicial, Tibisay Lucena, para el inicio de la fase de postulación de candidaturas para la Constituyente.

 

Es importante acotar que «inepta acumulación de pretensiones» es un término técnico que se usa para expresar que quienes se adhieren a una acción no tienen cualidad o facultad para hacerlo. En términos simples el TSJ declaró improcedente la suma de voluntades al escrito de la Fiscal.

 

 

(Panorama)