maduro1103152.jpg

Conozca las claves de los poderes especiales que desde este domingo tiene el presidente de la República, Nicolás Maduro, luego de aprobarse en la Asamblea Nacional (AN) el proyecto de Ley Habilitante Antiimperialista.

 

La solicitud de esta nueva Ley responde a las agresiones injerencista que viene ejerciendo el imperio norteamericano contra Venezuela y que tuvieron su punto máximo este lunes cuando Venezuela fue declarada “amenaza a la seguridad nacional” por el presidente de ese país, Barack Obama.

 

A continuación 8 claves de los poderes especiales que otorga la Ley habilitante al presidente Nicolás Maduro:

 

1. Se habilita al presidente para dictar Decretos con Fuerza, Valor y Rango de Ley.

 

2. El Presidente tiene la capacidad de dictar decretos hasta el 31 de diciembre de 2015 desde la publicación en Gaceta Oficial de la Ley Habilitante.

 

3. El Presidente tiene la facultad de girar normativas para defender la nación de cualquier injerencia extranjera.

 

4. Los decretos emitidos por el Presidente tendrán rango, valor y fuerza para “proteger al pueblo de acciones de otros países, entes económicos transnacionales y factores internos”.

 

5.  Procura “eficacia del principio democrático de participación protagónica en la defensa de la República de tales amenazas”, señala el documento de Ley.

 

6. Además “eficacia del valor de la solidaridad colectiva en la preservación y defensa del orden constitucional”.

 

7. Fortalecimiento de coalición de países de la región con el fin de preservar la integridad de soberanía de los países de América Latina y el Caribe.

 

8. El Primer Mandatario podrá normar las directrices que fortalecerán el sistema de responsabilidades civiles, administrativas y penales para el resguardo de los valores y “principios constitucionales” de dicha Ley habilitante.

 

(LaIguana.TV)

 

 

LEY-HABILITANTE-C2.jpg