En Gaceta Oficial N° 448.928 publicada este martes, con fecha lunes 16 de diciembre de 2019, la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip) explica a través de la Providencia N° 097-2019 la manera en que serán reguladas las operaciones de asignación e intercambio de recursos en criptoactivos a través de servicios criptofinancieros especializados.

 

La providencia firmada por Joselit Ramírez, Superintendentede la Sunacrip, explica que la Plataforma del Sistema Patria servirá para realizar operaciones y transabilidad con criptoactivos; y que al momento de realizar estas transacciones, se cobrará una comisión “cuyo monto no excederá del 2% de la operación”.

 

Este dinero será destinado “a los gastos de manteamiento de la plataforma, atendiendo a los términos y condiciones que a tal efecto se publicarán en la correspondiente página web, sin perjuicio de las comisiones derivadas de las operaciones por intercambio y las de mantenimiento de la cadena de bloques (Blockchain)”.

 

Con respecto a los límites, comisiones y tarifas, la Providencia establece que “para la adquisición de bienes y servicios con criptoactivo, a través de la Plataforma del Sistema Patria, se aplicarán productos que las instituciones del sector bancario pongan a disposición para tales fines, lo cual causará una comisión que no excederá del 4%, sin perjuicio de cualquiera otra por uso de la red que opera la cadena de bloques (Blockchain) al comercio”.

 

Sobre los usuarios

 

En el caso de los usuarios, la norma establece que cualquier persona natural, mayor de edad, jurídica o sus representantes, podrán registrarse en el Sistema Patria, bajo las condiciones que lo regulan, y de esa manera convertirse en usuarios “del esquema de operaciones con criptoactivos y sus modalidades de usabilidad, de conformidad con los términos y condiciones que se establezcan”.

 

“Los usuarios y usuarias que en el marco de esta Providencia operen recursos en criptoactivos, aceptan que cualquier tipo de negociación o intercambio por dinero fiduciario del monto total o parcial del mismo, corresponde a un proceso de valoración tasado según los parámetros del mercado secundario, por lo cual, es su responsabilidad cualquier tipo de tasa o valoración que haga o reciba sobre el monto total o parcial que negocie o intercambie”, advierte la Providencia.

 

El documento también explica que “los usuarios y usuarias” que ya forman parte del Plan de Ahorro en Petro a través de la Plataforma Patria, “si al vencimiento tuvieren disponibilidad de Petros Ahorrados, los mismos podrán ser captados para su usabilidad en los términos previstos en esta Providencia”.

 

Intercambio de recursos se realizará bajo la figura de cotizaciones

 

Con respecto al uso del dinero que se tenga en la Plataforma Patria, los usuarios deberán tener en cuenta que todo proceso de cambio se realizará bajo la figura de cotizaciones que serán concretadas a través de pactos y quedarán en estricta responsabilidad del usuario.

 

“El usuario realizará a través de la Plataforma solicitudes de intercambio de los recursos con criptoactivos establecidos bajo la figura de cotizaciones. Las cotizaciones serán concretadas a través de pactos que cumplan los requisitos de validez que se dispongan en los términos y condiciones dispuestos por la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas”.

 

“En cualquier caso, el usuario se hace responsable por los errores u omisiones cometidos en los procesos de transferencia, ahorro e intercambio a los que opte como parte de los servicios prestados por la Plataforma del Sistema Patria. Una vez que el usuario haya usado bajo cualquier modalidad el criptoactivo soberano da por terminada la relación con respecto a este servicio con la Plataforma del Sistema Patria, por lo que ésta queda libre de cualquier responsabilidad”, cita el texto.

 

En ese sentido, la Sunacrip aclara que tiene la potestad de participar en las operaciones de intercambio “para garantizar la estabilidad del Sistema Integral de Criptoactivos”.

 

En lo que respecta al sector bancario, la Sunacrip detalla que las instituciones financieras designadas “podrán coadyuvar en las operaciones de intercambio y adquisición de bienes y servicios concriptoactivos (…) para lo cual pondrán a disposición sus productos de pago basados en medios tecnológicos disponibles y realizarán las coordinaciones que se estimen necesarias con la Plataforma del Sistema Patria”.

 

La Sunacrip agrega que la Plataforma Patria fue autorizada “para permitir transar operaciones en criptoactivos como un servicio criptofinanciero, dotado de los atributos de una casa de intercambio que leresulten aplicables”.

 

(LaIguana.TV)