Las nuevas autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) tendrán mucho trabajo y poco tiempo. Antes de que las elecciones de la Asamblea Nacional se realicen, previsiblemente a principios de diciembre, ellos y ellas deberán gestionar las presiones que, desde todos los sectores políticos, intentarán incidir en las decisiones que tomarán para que la tarea de construir una salida electoral a la compleja situación política que vive el país sea exitosa.

¿Por qué el TSJ se declaró competente para designar nuevas autoridades? ¿En qué condiciones recibirán al CNE? ¿Cuáles son los mayores desafíos que enfrentarán de cara a las elecciones legislativas? Son parte de las preguntas que rodean la instalación de los nuevos rectores y las nuevas rectoras en Plaza Caracas, la histórica sede del organismo comicial.

La decisión del TSJ

Hace una semana, dirigentes de los partidos de oposición que forman parte de la Mesa de Diálogo Nacional -Soluciones para Venezuela, Movimiento al Socialismo (MAS), Avanzada Progresista, Cambiemos, Esperanza para el Cambio y Copei- solicitaron a la Sala Constitucional del TSJ que declarara la omisión legislativa en la designación del CNE y cambiara las reglas establecidas en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) para la adjudicación de los diputados conforme al principio de la representación proporcional y la elección de la representación indígena, de acuerdo con sus tradiciones y costumbres.

El viernes 5, el TSJ informó la declaratoria de la omisión legislativa, la desaplicación de artículos de la Lopre y la orden al CNE para que desarrolle la normativa relacionada con esos artículos. También le instruyó adecuar la normativa electoral para la elección de los diputados indígenas respetando sus tradiciones y costumbres.

Pero ¿Qué es la omisión legislativa? De acuerdo con el numeral 7 del artículo 336 de la Constitución, la omisión se presenta cuando el Poder Legislativo ha dejado de dictar las normas o medidas indispensables para garantizar el cumplimiento de la Constitución o las ha dictado en forma incompleta. En ese caso, la Sala Constitucional del TSJ tiene la atribución, según el mismo artículo, de declarar la inconstitucionalidad de la omisión, establecerle un plazo para subsanarla y de ser necesario, dictar los lineamientos para su corrección.

En diversos sectores se ha planteado la interrogante sobre cuál fue la omisión de la Asamblea Nacional en el caso del ente electoral, pues las rectoras y el rector que hasta este viernes conformaron el CNE no tenían sus períodos vencidos por lo que no había proceso de designación que realizar.

Hasta el sábado, el texto de la sentencia no había sido publicado por lo que no se conocían los argumentos en que se fundamenta la declaratoria. No obstante, es de recordar que el 16 de septiembre del año pasado, la Vicepresidenta Ejecutiva, Delcy Rodríguez, y el ministro de Comunicación, Jorge Rodríguez, firmaron, en nombre del Poder Ejecutivo, un conjunto de acuerdos de diálogo nacional con representantes de los partidos Avanzada Progresista, MAS, Soluciones y Cambiemos. Uno de estos documentos preveía “atender con la prontitud y la urgencia del caso, la nueva conformación del CNE y las garantías electorales que deban acompañar los procesos de votación”.

Lo que reciben y lo que viene

Las nuevas autoridades comiciales reciben una organización consolidada, gracias a la experiencia acumulada en 21 elecciones y 6 referendos en los últimos 21 años.

Dado que las legislativas son unas elecciones previstas constitucionalmente para este año, es seguro que, a estas alturas, los técnicos tengan listas buena parte de las actividades preelectorales, lo que permitirá que los rectores y las rectoras no comiencen desde cero su organización, lo que será un aspecto fundamental para el cumplimiento de un cronograma que prevea la realización de estos comicios en diciembre.

Pese a las severas condiciones económicas del país, que provocó la fuga de profesionales, el organismo comicial cuenta con un talento humano comprometido y en el que se resume el conocimiento electoral del país, lo que le otorga seguridad a las autoridades, cuya mayoría maneja el tema y conoce a buena parte de los técnicos.

La primera tarea de las nuevas autoridades será la de presentar las dos normativas ordenadas por el TSJ, las cuales deben estar adelantadas, pues la sentencia que las instruyó fue previa a la designación de rectores y rectoras hecha por el máximo tribunal.

La primera se refiere a la representación proporcional, conocida como voto lista, y que busca garantizar que en la Asamblea Nacional se expresen, proporcionalmente, las distintas fuerzas políticas que están presentes en la sociedad, incluyendo las minorías. En este sentido, los dirigentes políticos argumentaron en su recurso ante el TSJ la sobre representación de la personalización del sufragio -el llamado voto nominal- por sobre el voto lista. Y por ello solicitaron la revisión de cerca de cuatro artículos en los que se desarrolla el tema. El CNE debe dictar una normativa, aunque no se conocen los términos y alcances ordenados por la Sala Constitucional. Esta cuestión será crucial en la dinámica política venidera.

Asimismo, algo similar deberá hacer en relación con la elección de la representación indígena. Sobre este asunto, el ente electoral posee la experiencia desarrollada durante la elección de la representación indígena de la Asamblea Nacional Constituyente del año 2017, cuando la normativa se adecuó a la tradición y costumbres de los pueblos indígenas.

El escollo principal al que tendrán que enfrentarse las nuevas autoridades está en el sistema automatizado de votación, que como se recordará, perdió buena parte de su equipamiento, tras el incendio intencional provocado en los galpones de Mariches, a principios de marzo pasado. Tanto las autoridades electorales salientes como el Presidente Maduro han asegurado, desde entonces, que las que vienen también serán elecciones automatizadas, por lo que se puede estimar que han estado en desarrollo gestiones para la reposición de equipos.

El CNE cuenta también con un robusto sistema de garantías, cuya flexibilidad le permitirá incorporar, en caso de decidirse, buena parte de las solicitudes planteadas por los dirigentes políticos de oposición en el recurso que presentaron ante el TSJ. Entre ellas se encuentran la ampliación del programa de acompañamiento internacional, la revisión de los procesos de auditoría y el establecimiento de medidas que aseguren la equidad en el desarrollo de la campaña electoral.

En el caso del acompañamiento internacional, las nuevas autoridades tendrían que lidiar, de acuerdo con la solicitud de estos partidos, con invitaciones a la Unión Europea y a la Organización de Naciones Unidas, cuyos criterios de observación electoral están signados por la injerencia y, en especial, por una posición política adversa al Estado venezolano.

Si las autoridades acordaran la revisión de los procesos de auditoría, tendrían la ventaja de que Venezuela es el país que cuenta con mayor número de certificaciones de las actividades inherentes al proceso electoral, especialmente al sistema automatizado de votación, cuyos protocolos se han ido levantando conjuntamente con los técnicos informáticos de los partidos políticos, con quienes, incluso, se han diseñado, en cada elección, nuevos procedimientos.

El que seguramente será un tema difícil es el referido a la equidad en la campaña electoral, pues la experiencia indica que los acuerdos en esta materia siempre serán frágiles, sobre todo en lo referido al uso de los recursos del Estado. En este punto, los dirigentes políticos también plantearon la posibilidad del financiamiento de la campaña, tal como lo ha hecho el CNE en el pasado. Una opción de difícil aplicación en medio de las dificultades económicas del país.

Otra solicitud realizada por los dirigentes políticos, pero de más difícil implementación, es la conformación del Consejo de Participación Política, una comisión de consulta y asesoría, prevista en el artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Electoral, y que le daría presencia activa a los partidos políticos en la dinámica del Poder Electoral, incluso dentro de las sesiones del CNE, a las que pueden asistir con voz pero sin voto. De acuerdo con la Ley, para integrar esta comisión, los cuatro partidos con mayor votación en la última elección de la Asamblea Nacional tendrán derecho, cada uno, a un representante, mientras el resto de las organizaciones con fines políticos tendrán derecho a un representante entre todos.

En caso de activarse, la conformación de esta instancia no será fácil. En 2015, un número significativo de partidos de oposición inscribieron sus candidatos a través de la tarjeta de la MUD, un partido inscrito con fines electorales, sin vida activa real, y que obtuvo la mayoría de los votos, los cuales provinieron de los partidos de la lianza, como AD, Primero Justicia y Voluntad Popular, entre otros.

Con la designación de las nuevas autoridades, ahora sí arrancó el año electoral. Y con ello, la posibilidad de que su desarrollo contribuya a la distensión en la confrontación política que ha caracterizado este tiempo y el posicionamiento de nuevas fuerzas democráticas en el país.

(Taynem Hernández / LaIguana.TV)