La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.247, dictado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.554 Extraordinario, ambos de fecha 10 de julio de 2020, mediante el cual se declara el Estado de Alarma para atender la Emergencia Sanitaria del Coronavirus (COVID-19).

Señala la sentencia N° 0081-2020, con ponencia de los Magistrados y las Magistradas que integran la Sala Constitucional, que el Decreto fue dictado en cumplimiento de todos los parámetros que prevé el Texto Constitucional, la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás instrumentos jurídicos aplicables, preservando los Derechos Humanos y en protección de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado, sus Instituciones y el Pueblo.

Asimismo, la decisión indica que el Decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Carta Magna.

Finalmente, el fallo ordena la publicación de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Máximo Juzgado del país.

(Nota de prensa)