Están creando identidades ficticias para hacer fraude. Los muertos votan. Hay gente, cuya cédula aparece inscrita en muchas mesas de votación en todo el país para que pueda votar varias veces. Hay pruebas de todo esto: tome esta lista de cédulas, revíselas y allí verá a Supermán Hernández (nadie puede llamarse así); a Isaías Medina que murió hace casi 70 años (su cédula era la número 1); a José Pérez con 30 números de cédula distintos…

Estas historias no son nuevas. Aparecen, con pocas variaciones, en cada proceso electoral. Se van alimentando para que aparezcan: el abuelito fallecido de una muchacha que llora el uso indigno de su pariente; un nuevo nombre raro o extravagante, como Clítoris Suárez por ejemplo; o un Carlos Delgado que ha afinado su estafa para votar en todas las mesas de un mismo centro de votación.

Ninguna es gratuita. Forman parte de campañas dirigidas a deslegitimar el proceso electoral y, aunque suenen absurdas o risibles, se afianzan en una presunta “evidencia”, aquella que consiste en usar el propio buscador del portal oficial del Consejo Nacional Electoral (CNE) como método de comprobación irrefutable de una supuesta “realidad”.

La exacerbación del mito de que el Registro Electoral (RE) no es fiable tiene también otra característica. Se apela a él en momentos distintos a la fecha en que el CNE realiza, con los partidos, la auditoría que derrota tales mentiras, para alimentar la sensación de que las supuestas irregularidades no tienen corrección.

Hay formas empíricas de desmentir estas historias falsas. En Venezuela existen ciudadanas y ciudadanos que se llaman Supermán o Clítoris, aunque sean nombres raros; Isaías Medina Angarita y otros fallecidos sí están en la base del Registro Electoral, pero nadie puede votar por ellos porque tienen una objeción que así lo indica, siempre y cuando sus familiares hayan declarado su defunción; Carlos Delgado, Jesús Pérez y otros nombres similares forman parte de los más usados en el país, por lo que la existencia de múltiples números de cédulas con la misma identidad es también común. Y lo más contundente: Nadie puede votar por otra persona pues la verificación de la identidad se realiza con la huella dactilar.

Pero la más importante y contundente forma para desmontar el mito y establecer la verdad, es la auditoría del Registro Electoral, proceso de revisión que, para las elecciones del próximo seis de diciembre, ya se realizó el pasado viernes 14 de agosto. ¿Qué hicieron y cómo revisaron el padrón? Veamos.

¿Qué es el Registro Electoral?

El padrón de votantes o Registro Electoral es el primer elemento clave de un proceso electoral pues en su conformación se determina quién puede votar o no.

De acuerdo con el artículo 27 la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), el RE es “la base de datos que contendrá la inscripción de todos los ciudadanos y todas las ciudadanas que conforme a la Constitución de la República y a las leyes, puedan ejercer el derecho al sufragio”. Es decir que en este padrón deben estar los mayores de 18 años, siempre y cuando no estén sujetos a inhabilitación política, a la suspensión de sus derechos civiles por causa de una sentencia firme (interdicción civil), o que su cédula de identidad no haya sido declarada inhabilitada o nula.

Tampoco estarán quienes no se inscriban en este padrón porque en Venezuela votar es un derecho y, por ende, la inscripción es voluntaria.

En el RE también pueden incorporarse los extranjeros con más de 10 años de residencia en el país, pues la Constitución les otorga el derecho a participar en las elecciones regionales y municipales. Es por eso que, para las elecciones legislativas de diciembre, ellos están inhabilitados pues no les corresponde votar. Esta es la misma situación de quienes están inscritos para votar en el exterior, pues a ellos solo les corresponde sufragar en una elección nacional.

Actualmente 96% de los venezolanos mayores de 18 años están inscritos en el Registro, de acuerdo con las estadísticas del organismo comicial del año 2018. No siempre fue así. Hasta 1999, 20% de los ciudadanos en edad de votar estaban excluidos del padrón de votantes, en una estrategia deliberada para que las grandes mayorías no participaran en la elección de sus representantes y controlar así el resultado electoral. Una brecha que fue reduciéndose, desde el año 2004, gracias a un plan estratégico de inclusión que permitió la incorporación masiva de la población.

¿Qué datos hay en el RE? Según el artículo 30 de la Lopre, el Registro contiene los siguientes datos de cada elector: nombre completo; número de cédula de identidad; fecha de nacimiento; nacionalidad; huella dactilar; sexo; indicación de su sabe leer y escribir; indicación de discapacidad; centro de votación y dirección de residencia. Todo estos datos son públicos, a excepción de la fecha de nacimiento y dirección, los cuales son tratados como información confidencial.

¿Qué es una auditoría?

La auditoría es “la verificación de todos aquellos recursos materiales, tecnológicos y datos utilizados en la ejecución de las distintas fases del proceso electoral, para que éstos garanticen la transparencia y confiabilidad de dicho proceso”, según se establece en el artículo 156 de la Lopre, en la que se dedica un título a este tema.

“Auditar el Registro Electoral significa revisar de manera exhaustiva los archivos que lo componen, para verificar que cumpla con las leyes del país y la normativa electoral vigente. Adicionalmente, la auditoría sirve para determinar si las ciudadanas y los ciudadanos inscritos en el Registro Electoral existen y tienen la cualidad de electoras y electores”, según se explica en el libro Auditorías al Sistema Automatizado de Votación    (http://cne.gob.ve/web/sala_prensa/biblioteca.php), editado por el CNE en el año 2015, y que se encuentra a disposición en el portal oficial del ente comicial.

¿Quiénes revisan? Además de técnicos del CNE y auditores externos, contratados a tal fin, la revisión de estos archivos la realizan los técnicos de los partidos políticos que participan en la elección, quienes son los más interesados en garantizar la confiabilidad de la data. Un mecanismo que evita la posibilidad de hacer trampas en la conformación del padrón.

Cuando funcionarios, auditores y representantes de partidos revisan la base de datos, tienen la responsabilidad de verificar la exactitud y confiabilidad de la data, así como corregir eventuales hallazgos que pongan en duda la transparencia de la información.

La experiencia de los partidos políticos en la revisión del RE es amplia. Integrados por profesionales en distintas áreas, los equipos auditores de por lo menos 18 de las organizaciones habilitadas para esta elección tienen más de 15 años en esta tarea, tiempo durante el cual han contribuido en la optimización de ésta y todas las auditorías que se realizan al sistema electoral. Una experiencia que les ha permitido, incluso, levantar su propio archivo de datos que les sirve para hacer ejercicios de seguimiento en su trabajo auditor.

¿Cómo se realiza la auditoría?

Entre elección y elección, al Registro Electoral se le incorporan nuevos inscritos, se califica a los fallecidos a fin de inhabilitar su voto, se hacen cambios en la dirección de electores, lo que significa también cambios de centros de votación. En fin, se realizan una serie de movimientos que modifican la base de datos que había sido verificada en la revisión anterior, por los técnicos de los partidos, los auditores externos y los funcionarios electorales. Es por eso que la auditoría del RE suele centrarse en la revisión de estos movimientos.

Para ello, antes de la auditoría, la primera actividad conjunta de los auditores es la creación de copias del Registro Preliminar, las cuales son entregadas a los representantes de cada partido, lo que les permite la revisión exhaustiva y la comparación con datos anteriores, entre otros. Estas copias contienen todos los datos de las electoras y los electores, menos su huella –que se revisa en una auditoría distinta- y su dirección de habitación.

El día de la auditoría, los representantes de los partidos presentan sus observaciones e interrogantes para que sean revisadas, en sitio, conjuntamente con los técnicos del CNE. Una vez resueltas y acordadas las inquietudes, así como certificado el Registro Preliminar, se levanta un acta en señal de conformidad.

El Registro Preliminar aún puede sufrir modificaciones, producto de las impugnaciones y solicitudes de incorporación que pueden realizarse, que en el caso de estas elecciones es hasta el próximo 23 de agosto. Pero el número de estos movimientos es tan bajo que no deben alterar la confiabilidad del padrón revisado.

Es precisamente en esta auditoría donde los partidos, los técnicos electorales y los auditores electorales pueden revisar, entre otras, si hay probabilidades de creación de identidades ficticias y su eventual incidencia en un resultado electoral; el número de fallecidos registrados oficialmente en un período determinado y su correspondencia con el volumen de electores calificados en esta categoría; las variaciones en el número de personas con nombres comunes entre una auditoría y otra.

La auditoría al Registro Electoral, así como las demás revisiones al sistema automatizado de votación, se ha hecho, sin falta, desde el año 2004. En todas, ha sido certificada la transparencia y confiabilidad del padrón, por parte de los representantes de los partidos, entre ellos la totalidad de las organizaciones de oposición.

Así que la próxima vez que reciba en sus redes, la lista de cédulas para que “compruebe el fraude”, no pierda tiempo. Visite la página del CNE y lea el resultado de la auditoría.

(Taynem Hernández / LaIguanaTV)