El Gobierno de Argentina reglamentó la ley de uso medicinal de cannabis que fomenta su investigación científica, autoriza el autocultivo para usos terapéuticos y habilita a las farmacias a dispensar aceites extraídos de esta planta.

«Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 27.350 ‘Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados’, señala el decreto 883 publicado en el Boletín Oficial.

Los pacientes que tengan la indicación médica para utilizar el cannabis podrán adquirir «especialidades medicinales» elaboradas en el país, importadas o adquiridas en farmacias autorizadas.

«Aquellas personas que, además, no posean cobertura de salud y obra social, tienen derecho a acceder en forma gratuita», estipula la normativa.

El texto también reconoce el papel fundamental del personal médico en el acompañamiento del paciente.

El Estado, por su parte, «brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos».

Mayor acceso

El decreto recuerda que el acceso al cannabis es restrictivo, solo para pacientes con epilepsia refractaria, y que la Ley 27.350 sancionada en 2017, por la que se constituía un registro nacional voluntario para facilitar el acceso al aceites de cannabis, no se encuentra operativo.

En 2018, expertos de la Organización Mundial de la Salud recomendaron «eliminar el cannabis y el aceite de cannabis de la Lista IV», la categoría más estrictamente controlada en la Convención única de 1961 sobre estupefacientes.

La normativa reglamentada ahora por Argentina, que reemplaza una de 2017, crea el «Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales», en el marco del Ministerio de Salud.

El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) podrán cultivar cannabis.

El Instituto Nacional de Semillas (INASE), entre tanto, será responsable de regular «las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales».

La ONG Mamá Cultiva, integrada por madres, cultivadores y profesionales que cultivan marihuana, celebró la aprobación del autocultivo.

«La nueva reglamentación es un avance que nos compromete a seguir trabajando por ampliar derechos», celebraron.

La entidad promueve un proyecto legislativo, presentado por la diputada oficialista Carolina Gaillard que va más allá al autorizar el cultivo comunitario y regular toda la actividad relacionada con el acceso al cannabis.

(Sputnik)