Este lunes 4 de enero el Departamento del Tesoro de Estados Unidos informó que autorizará a Juan Guaidó, a la Asamblea Nacional electa en 2015 y a la «Comisión Delegada» designada írritamente el pasado 27 de diciembre para usurpar las funciones legislativas a partir del 5 de enero, a realizar transacciones y operaciones con propiedades y fondos pertenecientes a la República.

El comunicado difundido por la Oficina para el Control de Activos Extranjeros (Ofac, por sus siglas en inglés), en la sección de preguntas frecuentes relacionadas con las sanciones a Venezuela del portal del Departamento del Tesoro, refiere que sin la autorización, las transas «están prohibidas por el régimen de sanciones» impuesto ilegalmente por la administración Trump sobre Venezuela.

La justificación que ofrece Washington para esta nueva extensión del bloqueo de los activos venezolanos es el respaldo al pseudogobierno de Guaidó frente al Gobierno del presidente Nicolás Maduro, al que tilda de «régimen ilegítimo», pese a que el venidero 5 de enero su protegido dejará de ser parlamentario.

Como se desprende del documento divulgado por la Ofac, la Licencia General 31A –que reemplaza la Licencia 31, de fecha 19 de agosto de 2019–, garantiza las mismas condiciones para el latrocinio de las propiedades y fondos venezolanos en los Estados Unidos vigentes desde la autoproclamación de Juan Guaidó, hace casi un par de años, pese a la evidente ilegalidad del «interinato», insostenible incluso dentro de sectores cada vez más amplios de la oposición a Maduro.

Así, en el texto se indica que la mentada licencia «autoriza transacciones y actividades que involucran a cualquier funcionario, designado o representante designado por Guaidó para actuar en nombre del Gobierno de Venezuela, el Procurador General, cualquier embajador u otro representante en los Estados Unidos o en un tercer país designado por Guaidó», así como cualquier personal de dicho embajador o representante ante una organización internacional, inclusive, «cualquier persona designada por el autoproclamado para la junta directiva o designada como un funcionario ejecutivo de una entidad del Gobierno de Venezuela».

(LaIguana.TV)