El gobierno de República Dominicana publicó este viernes una resolución con la que se pretende normalizar «la situación migratoria irregular» de los venezolanos asentados en territorio dominicano que no poseen la condición de residente, así como de sus hijos, nacidos o no el el país, «a quienes constitucionalmente no les corresponde la nacionalidad dominicana», precisa el texto, que fue difundido por el Ministerio de Interior y Policía en Twitter.

Podrán beneficiarse de la medida quienes hayan ingresado regularmente a esa nación antillana entre enero de 2014 y marzo de 2020, incluyendo a quienes arribaron con «tarjeta de turista» u otros visados expedidos por las autoridades, independientemente de si los plazos establecidos están vencidos.

Concretamente, se prevé otorgar «una prórroga especial de permanencia, válida por sesenta (60) días» –que podrá ser renovada sucesivamente por las autoridades de Migración hasta que se «estime que desaparecieron las circunstancias extraordinarias que originaron su concesión»–, para lo cual los interesados dispondrán de 30 días calendario para llenar un formulario dispuesto para tal fin en el portal de la Dirección General de Migración, tras lo cual serán evaluados y se les informará si califican o no para recibir el beneficio.

De acuerdo con lo expuesto en el documento, quienes reciban la prórroga de permanencia «podrán solicitar un cambio de estatus migratorio dentro del territorio dominicano en las subcategorías de estudiante y trabajadores temporeros correspondientes a la Categoría de No Residente, eximiéndolos de la presentación de determinados requisitos que en razón de las circunstancias actuales se les imposibilita conseguir y aportar».

En particular, los venezolanos que deseen optar por un permiso de estudiante o de trabajador temporal, deben cumplir con las siguientes condiciones: haber ingresado legalmente al territorio dominicano dentro del período 2014-marzo 2020, no tener derecho a la nacionalidad dominicana, no tener antecedes penales en República Dominicana o en el Exterior, presentar recibo original del pago de las tasas administrativas por vencimiento de estadía, no encontrarse en proceso de solicitud de reconocimiento o probación de las condiciones de asilado o refugiado, con fase administrativa o judicial abierta en los casos procedentes, no estar sujeto a las medidas administrativas de expulsión, deportación o extradición, no encontrarse dentro de las condiciones de inadmisión establecidas en el artículo 15 de la Ley de Migración, no encontrarse en proceso de extradición.

Asimismo, los venezolanos que estén aspirando a regularizar su situación migratoria en República Dominicana deben tener en consideración que todas las solicitudes son de carácter individual –la resolución indica explícitamente que no se procesarán las correspondientes a núcleos familiares– y que los permisos de trabajador temporal y estudiante no conducen a un cambio de estatus migratorio; antes bien, se asumen como condiciones no ligadas a la intención de radicarse definitivamente en ese país.

(LaIguana.TV)