En corrección a lo previamente publicado en la Gaceta Oficial Nº 42.049 del 18 de enero de 2021, el Ejecutivo Nacional anunció el nuevo monto estipulado para la exoneración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) correspondiente al ejercicio fiscal 2020.

Según este decreto, no deberán cancelar el tributo quienes hayan percibido ingresos anuales inferiores a las 5.000 unidades tributarias, es decir, aquellas personas cuyos ingresos anuales no hayan superado los 7.500.000 bolívares, considerando en este cálculo el valor de la unidad tributaria en 1.500 bolívares, como consta en el portal del Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).

Para acceder a este beneficio, el contribuyente debe hacer su declaración hasta el 31 de marzo de 2021, como está establecido en la Ley de Impuesto Sobre la Renta y en caso de haber cancelado el tributo antes de la entrada en vigor de esta resolución, el monto correspondiente a la exoneración será considerado como crédito fiscal que podrá ser utilizado como parte del pago en ejercicios fiscales posteriores. 

(LaIguana.TV)