Se ha difundido a través de las redes sociales que la reforma a la Ley de Lactancia Materna contempla la reducción del período de descanso postnatal de dos a un año, sin embargo, el portal de investigación La Tabla demuestra que esa afirmación es falsa, de acuerdo a una nota de prensa, emitida por la Asamblea Nacional, esta reforma amplía los derechos de las madres y los recién nacidos.

En este sentido, en los artículos 2 y 3 de la legislación fue agregado el capítulo IV y el artículo 23 que dispone que “el período de descansos para la lactancia materna previstas en la legislación del trabajo será de veinticuatro (24) meses contados desde la fecha del parto.»

La Tabla indica que la “confusión” radica en que en el artículo 2 la Ley le confiere al niño el derecho a la lactancia materna exclusiva hasta sus seis meses de vida y hasta los dos años como alimentación adicional.

“Todos los niños y niñas tienen derecho a la lactancia materna en condiciones adecuadas que garanticen su vida, salud y desarrollo integral”, reza el artículo.

Igualmente, la reforma está compuesta por 6 artículos, además, incluye “el período de licencias, condiciones para disfrutarlas y acompañamiento socioeconómico”, así como el cambio de nombre por “Promoción, Acompañamiento y Protección de la Lactancia Materna”.

Próximamente, se dará inicio al proceso de consulta pública nacional del Proyecto de Reforma Parcial a la Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna, que fue aprobado en primera discusión el 15 de abril.

(LaIguana.TV)