Este martes 29 de junio el fiscal general de Cabo Verde, José Landim, declaró a medios locales que el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas no tiene competencia para solicitar a esa nación africana la suspensión de proceso de extradición del diplomático venezolano Alex Saab.

Si hay una denuncia por violación de derechos humanos, lo que tiene que hacer [el Comité] es investigar e investigar. Si se entera de que existe tal violación, informa a Naciones Unidas, pero no tiene la facultad de imponer al país la suspensión de un proceso en curso en los tribunales”, señaló el funcionario.

Sin embargo, según señala. el Pacto Internacional de derechos Civiles y políticos de la ONU faculta al Comité de Derechos Humanos de esta organización multilateral a “recibir y considerar comunicaciones de individuos que aleguen ser víctimas de violaciones de cualquiera de los derechos enunciados en el Pacto”.

Asimismo, “el Comité ha pedido la adopción de esas medidas provisionales en diversos casos, por ejemplo, cuando parecía inminente la ejecución de una sentencia de muerte o la expulsión o extradición de una persona. De conformidad con el párrafo 2 del artículo 88, el Comité podrá decidir, cuando lo considere apropiado, el examen conjunto de dos o más comunicaciones”.

Vale recordar que el pasado mes de marzo el Tribunal Supremo de Justicia de Cabo Verde autorizó la extradición a Estados Unidos de Alex Saab, quien fuera detenido a mediados de 2020 cuando el avión en el que viajan aterrizara en esa nación a cargar combustible.

El 8 de junio de este mismo año la ONU solicitó a Cabo Verde suspender a extradición del diplomático criollo.

De conformidad con el artículo 94 del reglamento del Comité, se ha pedido al Estado miembro que se abstenga de extraditar al señor Alex Nain Saab Moran a los Estados Unidos de América mientras su caso sea examinado por el Comité o hasta nuevo aviso”, refiere una carta firmada por los relatores especiales del Comité de Derechos Humanos.

(LaIguana.TV)