El Consejo Nacional Electoral (CNE) recordó este lunes 26 de julio los deberes, excepciones y sanciones de ley relacionadas al servicio electoral obligatorio que deberán cumplir quienes resulten elegidos como miembros de mesas en las elecciones del próximo 21 de noviembre.

“Las ciudadanas y los ciudadanos inscritos en el Registro Electoral, elegidos en el sorteo público y computarizado para prestar el servicio electoral de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Electoral en sus artículos 50, 51 y 52, deberán cumplir las funciones que se le asignen en la Junta Nacional Electoral y el CNE durante un año a partir de la fecha de selección”, mencionó. 

Asimismo, el CNE recomendó a los usuarios consultar sus datos en el Registro Electoral para saber si fueron elegidos para cumplir con el servicio electoral a través de un mensaje de texto al 2637 o ingresando a la página web del Poder Electoral http://cne.gob.ve/web/index.php con su número de cédula. 

Sobre las excepciones para cumplir con este servicio electoral, el CNE puntualizó que el rechazo solo será válido si el elegido es mayor de 65 años de edad y tiene alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes. 

“Ser candidato o candidata en el proceso electoral, ejercer un cargo de dirección nacional o regional en una organización con fines políticos o ser promotor o promotora de un grupo de electores y electoras”, son otras opciones.  

Prestar servicio de emergencia -continuó- en razón de su profesión u oficio y aquellos trabajadores o funcionarios que, en razón de la naturaleza de sus labores, les impide asistir a desempeñar sus funciones el día de las votaciones, también es válido.   

Por otro lado, si el seleccionado incumple voluntariamente a este servicio entonces será sancionado con multas equivalentes entre quince y cincuenta Unidades Tributarias o en su defecto, arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria. 

(LaIguana.TV)