Las copias y certificaciones de las actas de nacimiento debidamente asentadas en los libros de registro civil, no tienen fecha de vencimiento. Así lo reiteró el Consejo Nacional Electoral (CNE), a través de un comunicado firmado por el presidente de la comisión de registro civil, Alexis Corredor, y publicado en Twitter por la rectora Tania D’ Amelio.
El texto indica que por dicha razón «no se requerirá su renovación para efectos de su validez; solo deberá verificase que las mismas sean legibles y no contengan enmiendas y/o tachaduras que dificulten su comprensión».
En este sentido, el ente rector hizo un llamado a las instituciones de la administración pública e instituciones educativas para que se abstengan de requerir dichas certificaciones con determinada fecha de expedición.
(LaIguana.TV)
De conformidad con lo establecido en el Art. 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil, LAS COPIAS Y CERTIFICACIONES DE LAS ACTAS DEBIDAMENTE ASENTADAS EN LOS LIBROS DE REGISTRO CIVIL, NO TIENEN FECHA DE VENCIMIENTO. pic.twitter.com/4R1r5zhm1n
— Tania D´Amelio (@taniadamelio) February 17, 2022