Los bienes declarados en extinción de dominio serán enajenados por el Ejecutivo nacional y conservados en su patrimonio para destinarlos a la actividad administrativa.

Así lo manifestó este viernes el presidente Nicolás Maduro al hacer referencia al artículo 48 de la promulgada Ley Orgánica de Extinción de Dominio.

En esta línea acotó que, de acuerdo con lo establecido en la norma, dichos bienes “serán prioritariamente destinados a financiar el funcionamiento del sistema de protección social y la realización de los derechos humanos de la población venezolana”.

(LaIguana.TV)