La muerte o la prisión serían algunas de las condenas que aplicarían en suelo estadounidense si alguna persona traicionara los intereses de esa nación, según estipula el Código de los Estados Unidos (EEUU) 18 § 2381.

“Quien, debiendo lealtad a los Estados Unidos, haga la guerra contra ellos o se adhiera a sus enemigos, brindándoles ayuda y consuelo dentro de los Estados Unidos, será culpable de traición y sufrirá la muerte o será encarcelado no menos de 5 años y multado bajo este título, pero no menos de 10 mil dólares, y será incapaz de ocupar ningún cargo público en los Estados Unidos de América”, reza textualmente el código.

Este artículo, vale destacar, fue mencionado por el presidente de la Asamblea Nacional (AN), Jorge Rodríguez, mediante una rueda de prensa, donde comentó el caso, a propósito de las críticas del lado opositor que han surgido tras la ratificación de la inhabilitación de la ultraderechista María Corina Machado.

“Nosotros no nos metemos en eso, si ustedes consideran que a una persona incursa en el delito de traición deben someterlo a la pena máxima y matarlo. En Venezuela no existe esa pena y ojalá nunca exista. No nos inmiscuimos en los asuntos de nadie y no aceptamos que nadie se inmiscuya en nuestros asuntos”, agregó.

La ratificación de la inhabilitación de Machado, de acuerdo con el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), se da por las siguientes razones: por participar en la trama de corrupción orquestada por Juan Guaidó, en el robo de CITGO Holding, Inc y Citgo Petroleum Corporation, en la entrega y quiebra de Monómeros, en el secuestro y robo de 31 toneladas de oro venezolano, en el congelamiento de $4mil millones en sistema bancario Internacional a través del bloqueo, en la solicitud de sanciones que impidieron compra de medicamentos para 60 mil pacientes VIH y por aceptar cargo de representante alterna de Panamá en la OEA. 

(LaIguana.TV)

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