martes, 16 / 09 / 2025
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“Clasificar una misión de ley como contraterrorismo no da autoridad para matar civiles”: Senadores de EEUU criticaron duramente acciones del gobierno de Trump en el Caribe

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El pasado 10 de septiembre el Senado de los Estados Unidos criticó el ataque realizado por el gobierno de Donald Trump contra un buque ubicado en el Mar Caribe, ubicado a cientos de millas del país del Norte. El mismo, como se ha informado con anterioridad, habría causado la muerte de 11 personas.

“Su Administración ha afirmado, sin pruebas, que las personas a bordo del buque y su carga representaban una amenaza para Estados Unidos. Este ataque se produjo tras informes de prensa a principios de agosto que indicaban que su Administración había firmado en secreto una directiva para el uso de la fuerza militar estadounidense en Latinoamérica, a pesar de la falta de fundamento legal para dicho uso”, destaca el texto del Senado.

Según la referida institución, la Casa Blanca no ha presentado ninguna justificación legal legítima que sustente las acciones realizadas o por realizar en el Caribe.

“Su Informe sobre Poderes de Guerra, presentado al Congreso el 4 de septiembre tras el ataque, señaló ‘la posibilidad de futuras acciones similares’, pero no proporcionó ninguna justificación legal legítima y fue escaso en detalles sobre la base legal o sustancial de este o cualquier ataque futuro”, continúa el comunicado.

“En materia de seguridad nacional, nuestras principales prioridades son proteger a los estadounidenses, sus intereses y a nuestros militares que arriesgan sus vidas a diario”, destaca el escrito del Congreso estadounidense.

“Para garantizar que la respuesta del Congreso a esta medida sin precedentes sea coherente con estas prioridades, afirmamos que el Congreso no declaró la guerra ni autorizó el uso de la fuerza militar para futuras operaciones similares. Clasificar una misión claramente policial como antiterrorismo no otorga autoridad legal para atacar y matar a civiles”, agrega.

A continuación el comunicado completo:

Honorable Donald J. Trump
Presidente de los Estados Unidos
La Casa Blanca
1600 Pennsylvania Avenue NW
Washington, DC 20500
Estimado Presidente Trump:

El 2 de septiembre de 2025, bajo su dirección, el ejército estadounidense atacó un buque en el Mar Caribe, a cientos de millas de Estados Unidos, y, según se informa, causó la muerte de las 11 personas a bordo. Su Administración ha afirmado, sin pruebas, que las personas a bordo del buque y su carga representaban una amenaza para Estados Unidos. Este ataque se produjo tras informes de prensa a principios de agosto que indicaban que su Administración había firmado en secreto una directiva para el uso de la fuerza militar estadounidense en Latinoamérica, a pesar de la falta de fundamento legal para dicho uso. Su Informe sobre Poderes de Guerra, presentado al Congreso el 4 de septiembre tras el ataque, señaló “la posibilidad de futuras acciones similares”, pero no proporcionó ninguna justificación legal legítima y fue escaso en detalles sobre la base legal o sustancial de este o cualquier ataque futuro.

En materia de seguridad nacional, nuestras principales prioridades son proteger a los estadounidenses, sus intereses y a nuestros militares que arriesgan sus vidas a diario. Para garantizar que la respuesta del Congreso a esta medida sin precedentes sea coherente con estas prioridades, afirmamos que el Congreso no declaró la guerra ni autorizó el uso de la fuerza militar para futuras operaciones similares. Clasificar una misión claramente policial como antiterrorismo no otorga autoridad legal para atacar y matar a civiles.

Además, solicitamos respuestas inmediatas de su Administración a las siguientes preguntas:

1. Su Administración ha confirmado en múltiples ocasiones y en diversos foros que la designación de una entidad por parte del Departamento de Estado como Organización Terrorista Extranjera sancionada no confiere al Departamento de Defensa la autoridad para usar la fuerza militar contra dicha entidad. En vista de este hecho legal, le rogamos que aclare la base legal y sustantiva para atacar y asesinar a civiles sospechosos de estar afiliados a una entidad designada. Por favor, proporcione también una copia de todas las evaluaciones legales realizadas por la Casa Blanca, el Departamento de Justicia, el Departamento de Defensa o cualquier otra entidad antes del ataque.

2. Como se mencionó anteriormente, en su Informe sobre Poderes de Guerra del 4 de septiembre al Congreso, usted menciona la posibilidad de nuevas acciones similares. Sin embargo, no especifica en dicho informe, ni ha especificado en ningún otro lugar, ninguna autoridad legal para emprender acciones militares para atacar y asesinar a civiles, incluidos aquellos sospechosos de cometer delitos. ¿Cuál es su autoridad legal para llevar a cabo operaciones militares letales contra civiles en el mar, dentro de Venezuela o en otros países latinoamericanos?

3. Por favor, confirme si tiene la intención de cumplir con los requisitos de reporte y retirada de las secciones 4(a)(1) y 5(b) de la Resolución de Poderes de Guerra de 1973. En caso negativo, ¿por qué no?

4. ¿Quiénes fueron las personas atacadas en el ataque y qué información de inteligencia tiene la Administración sobre sus identidades, cualquier amenaza inminente que representaran o no, de qué delitos se les acusaba o sospechaba, y qué supuestas afiliaciones tenían con una organización criminal de narcotráfico?

5. ¿Cómo se identificó positivamente a las personas atacadas en el ataque como objetivos legales para el uso de fuerza militar letal? ¿Qué revisión legal se realizó para evaluar si el uso de fuerza letal en este contexto y contra estos presuntos delincuentes en particular fue legal según el derecho nacional e internacional?

6. Su Administración declaró inicialmente que la embarcación —presuntamente una lancha rápida— se encontraba en tránsito hacia Trinidad y Tobago, pero posteriormente afirmó que se dirigía a Estados Unidos. ¿Cuál fue el motivo de esta discrepancia? ¿Puede la Administración aclarar el destino previsto del buque?

7. ¿Representaban las personas a bordo de esa embarcación una amenaza inminente para la vida de otras personas? De ser así, ¿cuál era la naturaleza de dicha amenaza y qué otras medidas, distintas de la fuerza letal, estaban disponibles para evitarla? ¿Se llevó a cabo o se intentó intensificar el uso de la fuerza, incluida la interdicción de la embarcación, antes del impacto? De no ser así, ¿qué justificación se utilizó para respaldar la evaluación de que las tácticas estándar de interdicción, como el abordaje, la incautación y el arresto, eran insuficientes o inaplicables en este escenario? Si no se realizó ninguna evaluación, ¿por qué no?

8. ¿Qué evaluación, si la hubo, se realizó respecto a si el uso de fuerza letal en este contexto podría socavar las oportunidades de recopilación de inteligencia que se derivarían de la captura con vida de posibles traficantes?

9. ¿Qué evaluación, si la hubo, se realizó respecto a si el uso de fuerza letal en este contexto y contra las personas fallecidas violaría alguna ley estadounidense o pondría al personal estadounidense en riesgo de violar el derecho nacional o internacional?

10. ¿Ha realizado la comunidad de inteligencia una evaluación de las posibles respuestas del Tren de Aragua u otras entidades criminales latinoamericanas a los ataques letales del ejército estadounidense, incluyendo la posibilidad de acciones violentas en Estados Unidos? De ser así, por favor proporcione una copia de dicha evaluación.

Le solicitamos que proporcione respuestas urgentes a estas preguntas a más tardar al cierre de operaciones del miércoles 17 de septiembre.

(Laiguana.tv)

   


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